Decisión unánime de la Corte de Apelaciones de Talca

Confirman condena al Consejo de la Cultura por acoso laboral a abogada lesbiana

La dirección regional Maule del CNCA interpuso un recurso de nulidad para invalidar la sentencia de diciembre de 2016, que acogió la demanda de tutela laboral presentada por la abogada Lorena Rivera Arriagada en contra del organismo.

Por Felipe Menares

11/05/2017

Publicado en

Chile / Cultura / Portada / Sindical / Trabajo

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El pasado 8 de mayo la Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de nulidad presentado por Mariana Deisler Coll, directora regional del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) del Maule, en contra de una sentencia de diciembre de 2016, que condenó al CNCA por haber discriminado a la abogada Lorena Rivera Arriagada, en razón de su orientación sexual.

El 14 de diciembre de 2016, el juez titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, Jaime Cruces Neira, acogió una demanda por tutela laboral interpuesta por la abogada Rivera en contra del CNCA, ordenando a la institución pública pagar $24,5 millones en total.

El fallo de fines de 2016 estableció que el organismo toleró y permitió conductas de acoso laboral y la vulneración del derecho a la honra de la denunciante. La resolución afirmó que en el Consejo se toleró que terceros efectuaran comentarios sobre la legítima opción sexual de la denunciante, sobre su inexistente militancia política y el menosprecio de la labor profesional de Rivera en su lugar de trabajo.

En conversación con El Ciudadano, Lorena relata que «cuando vieron que llegó un director comunista, las personas que me acosaban, fueron a pedirle mi salida, invocando que yo tenía un pasado pinochetista, porque había trabajado en una municipalidad que tenía a una alcaldesa UDI. Fue la acusación más dolorosa».

Fallo reconoce relación laboral de trabajadora a honorarios

Fue en diciembre de 2012 cuando la abogada ingresó a trabajar al CNCA como asesora jurídica para las direcciones regionales de O’Higgins y el Maule. Se desempeñó como funcionaria a honorarios hasta que el 26 de abril de 2016 fue despedida. Los episodios de acoso ya habían ocurrido. «Yo estaba con licencia médica y ellos me mandaron una carta despidiéndome», señala.

La abogada afirma que, a raíz de su situación, no se ordenó un sumario al interior del CNCA Maule, por lo que decidió recurrir a la Justicia. «El Consejo no ha hecho nada para revisar sus propios procesos, ni siquiera se ha puesto en contacto conmigo, no han hecho investigación, ni absolutamente nada», recalca.

Mariana Deisler, directora regional del CNCA del Maule.

El conflicto tuvo una segunda derivada para Lorena Rivera, dado que estuvo 15 días hospitalizada «producto de una crisis confusional y angustiosa, por el maltrato que estaba recibiendo en el trabajo». Actualmente, sigue en tratamiento por una depresión generada a partir del acoso laboral ratificado por la Justicia.

En el recurso de nulidad, el CNCA cuestionaba el vínculo laboral de la abogada con la institución, en razón de su relación a través de un contrato a honorarios. Sin embargo, el fallo desestima el alegato de la dirección regional y establece la existencia de una prestación de servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia, lo cual constituye una relación laboral que debe sujetarse al estatuto del Código del Trabajo.

«En efecto, el sentenciador pondera la abundante prueba documental incorporada por ambas partes, y la absolución de posiciones de la directora del Consejo, para tener por acreditada una prestación de servicios continua, regular y permanente de la denunciante, sujeta a elementos fácticos propios de un vínculo de subordinación y dependencia, tales como la sujeción a un horario determinado y sometimiento a instrucciones, supervigilancia y control, que conjuntamente con los derechos propios de un trabajador dependiente, como el derecho a permisos, pago de remuneraciones, viáticos, pre y post natal y el uso de licencias médicas, para acreditar la existencia de esta relación laboral», se lee en el fallo del tribunal de alzada maulino.

Para Lorena Rivera, «la importancia del fallo es que reconoce que hay relación laboral, pese a que yo trabajé a honorarios. Por eso lo va a poder ocupar cualquier persona que en este momento en esté sufriendo una desvinculación injusta en el país, teniendo contrato a honorarios».

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