Congreso: Comisión de Salud analizó cobertura de secuelas del Covid-19 en la población

Entre las principales secuelas se consideran: enfermedades respiratorias, musculo-esqueléticas, neurológicas, cardiovasculares, siquiátricas y fonoaudiológicas (voz y deglución).

Por Absalón Opazo

23/12/2020

0 0


Los efectos del Covid-19 en la salud de los pacientes y las secuelas que implica la enfermedad fueron analizados en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputadas y Diputados, junto a la superintendenta de Seguridad Social (S), Patricia Soto, y a la intendenta de Seguridad y Salud en el Trabajo, Pamela Gana.

La máxima autoridad de la Suseso (Superintendencia de Seguridad Social) indicó que el Covid-19 se considera como enfermedad laboral de acuerdo a la Ley 16.744, de seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; y su tratamiento y secuelas están cubiertas, por lo que los trabajadores tienen derecho a acceder a prestaciones de salud hasta su completa recuperación.

Entre las principales secuelas se consideran: enfermedades respiratorias, musculo-esqueléticas, neurológicas, cardiovasculares, siquiátricas y fonoaudiológicas (voz y deglución).

Patricia Soto detalló que han trabajado en mesas de trabajo con las autoridades de salud y las mutualidades durante septiembre y octubre, para seguir analizando las secuelas del Covid-19 que pueden ir variando. Alertó que la enfermedad ha provocado casos graves en la población de trabajadores y en jóvenes, agregando finalmente que están haciendo un seguimiento para que los trabajadores no tengan rechazo a sus licencias médicas.

En tanto, la intendenta Gana informó que el oficio 1013, del 5 de marzo de 2020, incluyó al Covid-19 como enfermedad laboral “porque tenía la posibilidad de ser trazada y determinar si es de origen laboral”. Añadió que esta es la primera vez que este tipo de enfermedad se considera como laboral, a diferencia del H1N1, que no fue cubierta.

Además, sostuvo que las prestaciones del seguro incluyen medidas preventivas, con asesoría a las empresas; económicas, con subsidios a quienes determinen contagio laboral; y prestaciones médicas hasta la total curación, incluyendo las secuelas. En tanto, las mutualidades deben entregar las prestaciones económicas que corresponda.

En los trabajadores de establecimientos de salud que están expuestos a más riesgo de contagio también se consideró como enfermedad laboral (oficio 1482 -27 de abril). Asimismo, entre otros datos, informaron que existen 80 mil casos de contagio de contacto estrecho por razones laborales, de los cuales 20 mil, corresponden al área de salud.

El presidente de la Comisión, diputado Ricardo Celis (PPD) consultó sobre los efectos secundarios del Covid-19 y el rechazo de las licencias médicas a pacientes oncológicos que se encuentran en lista de espera para ser operados y que tampoco pueden acceder a pensión de invalidez.

La superintendenta (S) Patricia Soto indicó que los trabajadores deben acreditar que forman parte de listas de espera GES o no GES para que la Suseso autorice esas licencias. Ello, de acuerdo a una resolución judicial de 2018, que señala que no se pueden rechazar este tipo de licencias.

La personera indicó que, desde octubre, trabajan en un convenio con el Minsal para tener acceso a las listas de espera GES y no GES, para evitar que sean los trabajadores los que tienen que probar eso. En este punto, informó que han detectado el mismo problema con la lista de espera de trasplantes, donde tampoco tienen acceso.

Desde el Ministerio de Salud, el asesor legislativo, Jaime González, indicó que la División Jurídica está acelerando este convenio y que el ministro Enrique Paris ha instruido el traspaso de información.

Fuente: Cámara de Diputados

Síguenos y suscríbete a nuestras publicaciones

Comparte ✌️

Comenta 💬