Desaparece la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras

Congreso: Diputados despachan proyecto que moderniza la legislación bancaria del país

En condiciones de pasar al Ejecutivo para su promulgación como ley, quedó el proyecto que moderniza la legislación bancaria del país, ello luego que la Sala de la Cámara de Diputados ratificara los cambios hechos por el Senado en el segundo trámite

Por Absalón Opazo

03/10/2018

Publicado en

Chile / Congreso / Economí­a

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En condiciones de pasar al Ejecutivo para su promulgación como ley, quedó el proyecto que moderniza la legislación bancaria del país, ello luego que la Sala de la Cámara de Diputados ratificara los cambios hechos por el Senado en el segundo trámite.

La iniciativa, ingresada a trámite legislativo en junio de 2017 y despachada por la Cámara en primer trámite en enero de este año, focaliza el grueso de los perfeccionamientos en dos grandes cuerpos legales: la Ley General de Bancos (LGB) y la Ley 21.000, que crea la Comisión para el Mercado Financiero.

El objetivo de estos perfeccionamientos, los mayores impulsados desde la década de los ’80, es poner a Chile acorde a las más altas prácticas internacionales. En esta línea, se avanza en incorporar nuevas exigencias de capital y reservas, de conformidad con los lineamientos de Basilea III, que representan un conjunto de propuestas de reforma de regulación bancaria publicadas en diciembre de 2010, promovidas por el Foro de Estabilidad Financiera.

Asimismo, la propuesta da término a la actual Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) y traspasa sus funciones y atribuciones a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Con lo anterior, se entiende que todas las instituciones actualmente fiscalizadas por dicha Superintendencia (bancos, emisores y operadores de tarjetas de crédito o de pago con provisión de fondos) quedarán sujetas a la supervisión de la recién citada Comisión.

Luego, con el objeto de evitar la duplicidad normativa y de tender hacia un estatuto general y armónico, se derogan de la LGB todas las normas que consagran facultades de la SBIF y que se encontrarán contenidas en la Ley 21.000, modificada.

A seguir, el proyecto permite que el Banco Central de Chile, en consideración a la fase del ciclo económico, pueda determinar la activación de una exigencia de capital básico adicional, de carácter contra-cíclico, que será aplicable de manera general a todas las empresas bancarias constituidas o autorizadas para operar en el país, para mitigar la incubación de riesgos sistémicos. La reserva la fijará el Banco Central en un porcentaje que puede ascender hasta el 2,5% de los activos ponderados por riesgo, previo acuerdo favorable de la CMF.

La iniciativa, además, incorpora una modificación a la garantía estatal a los depósitos, en el sentido de incrementar el tope máximo anual de cobertura por persona de 120 UF a 400 UF, con la restricción que, para una única institución bancaria, el límite es de 200 UF.

Fuente: Cámara de Diputados

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