Contraloría decreta que funcionarios de FF.AA en prisión preventiva no pueden recibir sueldos

La institución determinó que existen ocho dictámenes que detallan la resolución y que los funcionarios solo podrán recibir sus remuneraciones una vez que sean absueltos.

Por Pía

20/02/2020

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH

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Este miércoles 19 de febrero, la Contraloría General de la República, a través de su cuenta de Twitter informó que funcionarios de las Fuerzas Armadas que se encuentren privados de libertad, no podrán recibir sus sueldos mientras dure el proceso.

El organismo fiscalizador señaló que existen ocho dictámenes emitidos desde 1992 hasta 2014 que determinan que un empleado de las FF.AA., al no ejercer sus labores por encontrarse detenido y luego en prisión preventiva, solo recibirá su remuneración una vez que sean absueltos de manera definitiva por los tribunales de Justicia.

Según lo indicado por el ente contralor, esta medida se tomó a raíz de una consulta realizada por una funcionaria del Ejército que estuvo en esa condición judicial entre el 10 de julio y el 10 de agosto de 2018, por lo que no recibió su sueldo.

Por consiguiente, el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas (que en su artículo 2° incluye a funcionarios del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, tanto militares como civiles) manifiesta que al personal no le corresponde recibir gratificación si no ha trabajado, salvo en caso de feriados, licencias o permiso con goce de sueldo.

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