Corte de Apelaciones rechaza solicitud de Fiscalía y deja libertad al tío abuelo de Tomás Bravo

La Corte de Apelaciones de Concepción determinó que las pruebas expuestas por la Fiscalía en contra de Jorge Eduardo Escobar, son insuficientes para establecer prisión preventiva en contra del único imputado en el caso de Tomás Bravo.

Por Valentina Zambrano

04/03/2021

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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Este jueves en la audiencia de revisión de cautelares, la Corte de Apelaciones de Concepción, ratificó la decisión del Juzgado de Garantía de Arauco y rechazó la prisión preventiva para Jorge Escobar, único imputado por la muerte de Tomás Bravo.

La Corte de Apelaciones determinó que la Fiscalía no tiene pruebas concluyentes sobre la culpabilidad del tío abuelo del menor.

El pasado martes el Juzgado de Garantía de Arauco rechazó la prisión preventiva que solicitó la Fiscalía en contra de Escobar, luego que no se acreditara -en primera instancia- la comisión de un homicidio.

Ante esta decisión de la la jueza Perla Roa, el fiscal jefe de Arauco, José Ortiz, reiteró la petición de que se revocara la determinación del Juzgado de Garantía de Arauco, dando cuenta nuevamente de la hipótesis de la acción de terceros en el deceso del menor.

Posteriormente, el fiscal nacional Jorge Abbott designó a la fiscal regional del Biobío, Marcela Cartagena para conducir la investigación penal. De esta forma, el fiscal José Ortiz quedó como persecutor adjunto.

Durante la audiencia de este jueves la fiscal Cartagena presentó unos resultados que se entregaron ayer, entre las que se encuentra una pericia odontológica maxilofacial “concentrada en las piezas dentales del menor”.

Según su versión, se buscaba establecer un antecedente para confirmar la teoría que plantean de que el menor sufrió una agresión sexual. Al momento de presentarse el informe maxilofacial, se solicitó cortar la transmisión de la audiencia  para resguardar la dignidad de Tomás y la de su familia.

No hay pruebas de un homicidio

Según lo expuesto por Cristian Sleman Cortés y Osvaldo Pizarro, abogados defensores de Jorge Eduardo Escobar, el informe del SML reveló que no hubo indicios de trauma, de lucha, ni de defensa en el cuerpo de Tomás, además de descartar signos macroscópicos de violencia sexual.

Los abogados defensores también criticaron la presentación del nuevo informe bucal que entra en conflicto con el preinforme de autopsia. Sumado a esto, las fechas de data de muerte del menor no coinciden con lo apelado por fiscalía.

«En este punto quiero reforzar un punto relevante que tuvo en consideración la jueza de garantía. La data de muerte es de 5 a 7 días, por tanto, si la autopsia se ha realizado entre el 26 al 28 de febrero, indica que la muerte fue entre los días 19 al 23 de febrero», lo cual establecería que el supuesto asesinato planteado el 17 de febrero, según Fiscalía sería impreciso en base a las pruebas científicas.

El abogado defensor agregó que «en esta alegación hay numerosas irregularidades, en la carpeta investigativa y que no satisfacen lo que ha establecido el fiscal. ¿Cómo el ministerio publico podría imputar a mi representado por una muerte del 17 de febrero?»

Sleman Cortés, agregó a la defensa que su representado, que desde el primer momento de la desaparición de Tomas, Escobar fue sometido a múltiples pericias por parte de la Policía de Investigaciones y Carabineros.

«No hay rastros de sangre ni de interés criminalísticos, se hizo excavaciones de interior y exterior de la casa y no hay pruebas que hayan tenido algún interés de ese tipo. El imputado al 17 de febrero, estaba siendo periciado, por lo que no habría forma de que le haya dado muerte al menor en las fechas indicadas.»

La defensa también acentuó una vez más que la Fiscalía presentó una lectura parcializada de las declaraciones del imputado y los familiares del pequeño fallecido, criticando además la falta de rigurosidad

 «El fiscal ha mezclado resultados de peritajes y ha llegado a conclusiones sin ningún sustento», señalaron los abogados.

Libertad para Jorge Eduardo Escobar

Entre los argumentos que expresó el tribunal de alzada para confirmar la decisión del Juzgado de Garantía de Arauco, fue el compartir la falta de antecedentes expuestos, ya que no fue posible situar al imputado en el tiempo y lugar de los hechos, al menos con la información que existe hasta ahora.

Dese orden de egreso inmediato al imputado, si es que no estuviese privado de libertad por otra causa”, afirmó el juez.

Sin embargo, el caso Tomás Bravo continuará en investigación, luego de las pericias demostradas esta mañana por parte de la fiscalía. En tres días más se espera que estén los resultados de ADN de los rastros genéticos que fueron encontrados en el cuerpo del menor.

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