Corte de Santiago condenó a cuatro efectivos (r) de la FACH por homicidio de dirigente del MIR José Bordas Paz en 1974

El crimen fue consumado por un grupo de agentes del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea, SIFA, quienes acribillaron el automóvil en que se desplazaba la víctima, en la comuna de Las Condes.

Por Absalón Opazo

04/01/2022

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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La Corte de Apelaciones de Santiago mantuvo la condena que deberá cumplir un oficial en retiro de la Fuerza Aérea de Chile (FACH) y la rebajó respecto a otros tres efectivos, por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado del ingeniero y dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) José Francisco Bordas Paz, perpetrado en diciembre de 1974, en la comuna de Las Condes.

En fallo unánime (causa rol 1.257-2021), la Tercera Sala del tribunal de alzada, integrada por las ministras Verónica Sabaj, Lidia Poza y el ministro Rodrigo Carvajal, confirmó la resolución que condenó a Luis Enrique Campos Poblete a la pena de 17 años de presidio, en calidad de autor del delito.

En cambio, respecto de Sergio Fernando Contreras Mejías y Juan Luis López López la rebajó, fijándola en 15 años y un día de presidio; en tanto, Braulio Javier Wilckens Recart deberá cumplir 10 años y un día de presidio, como autores del homicidio calificado.

Según se informó, la rebaja de penas que aplicó la Corte de Santiago ocurrió tras acoger la «minorante de irreprochable conducta anterior de los sentenciados y su grado de participación en los hechos».

En el aspecto civil, se confirmó el fallo que acogió la demanda de indemnización de perjuicios y que condenó al Estado de Chile a pagar la suma total de $450.000.000 por concepto de daño moral, a familiares de la víctima.

En primera instancia, el ministro en visita extraordinaria Miguel Vázquez Plaza dio por acreditado los siguientes hechos: 

“a) Que un grupo de agentes del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea, SIFA, que se desempeñaban en la Fiscalía de Aviación que operaba en la Academia de Guerra Aérea, tomaron conocimiento por un informante que había pertenecido al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) que José Bordas Paz, apodado ‘Coño Molina’, dirigente de dicho movimiento, concurriría a un punto para reunirse con otro militante, lo que estaba previamente acordado con los agentes antes referidos;

b) Que, el día 5 de diciembre de 1974, los agentes de la Fuerza Aérea, bajo las indicaciones del mencionado informante, formando dos equipos y movilizándose en dos vehículos, interceptaron el automóvil en que se movilizaba José Bordas Paz, rodeándolo, para luego a disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego, producto de lo cual resultó herido por diversos impactos de bala, siendo trasladado por los agentes al Hospital de la Fuerza Aérea, donde recibió atención médica, falleciendo luego el día 7 de diciembre de 1974 a las 03:00 horas;

c) Que, de acuerdo a la conclusión de la autopsia, la muerte de Bordas Paz se produjo como consecuencia de las heridas de bala abdominales”.

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