Rechazó demanda contra el fisco

Corte Suprema descarta vulneración al derecho a la honra de la machi Linconao en allanamiento y detención

Autoridad espiritual fue absuelta en el primer juicio por el caso Luchsinger, pero aquel proceso fue anulado por la Corte de Apelaciones.

Por Felipe Menares

20/02/2018

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Mapuche / Pueblos

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La Corte Suprema rechazó la demanda presentada en contra del fisco por la machi Francisca Linconao Huircapán por supuesta vulneración al derecho a la honra en diligencia de allanamiento y detención en proceso, en el cual, finalmente, fue absuelta.

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación deducido en contra de la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que desestimó la demanda, tras establecer que no hubo vulneración al derecho a la honra de la demandante durante allanamiento y detención en 2013.

El fallo del máximo tribunal establece “la insuficiencia de elementos de prueba que permitan tener por acreditado el hecho ilícito sobre el que la demandante construye su demanda, pues, por un lado, no se puede ponderar aquella prueba que no fue incorporada legalmente al procedimiento en ninguna de sus instancias, como ocurre con la prueba documental, mientras que de otro, tampoco los testimonios de los que se vale la actora para fundamentar su pretensión, resultan ser bastantes para tal propósito, al existir contradicciones entre aquellos testigos que aseveran haber presenciado los hechos y así también por tomar noticia de los mismos a través de lo divulgado en los medios de comunicación”.

«Por el contrario, concluyen que los funcionarios a cargo del procedimiento policial actuaron de manera correcta, sin despojarle de su vestimenta e indumentaria que, por lo demás, no era la distintiva de una machi, permitiendo incluso que le fuese proporcionado un atuendo por las mujeres presentes en el lugar consistente en un manto morado. Del mismo modo, concluyen que tampoco resultó demostrada la exposición de la demandante ante los medios de comunicación”, agrega el fallo.

El Ciudadano

Fuente: Poder Judicial

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