Corte Suprema niega aborto a funcionaria de la PDI: No habría «letalidad» en enfermedad congénita del feto

La Tercera Sala de a Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de protección presentado por una funcionaria de la PDI en contra del Hospital de Carabineros, por la negativa de los profesionales del recinto a interrumpir su embarazo, según consignó un reporte del diario La Tercera

Por Absalón Opazo

23/06/2019

Publicado en

Chile / Género / Justicia y DD.HH

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La Tercera Sala de a Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de protección presentado por una funcionaria de la PDI en contra del Hospital de Carabineros, por la negativa de los profesionales del recinto a interrumpir su embarazo, según consignó un reporte del diario La Tercera.

A mediados de febrero, con 18 semanas de embarazo, el bebé fue diagnosticado con una malformación cardíaca grave, además de una trisonomía 21 (síndrome de Down). Desde el hospital señalaron que se recurrió a distintos ginecólogos que fueron «contradictorios», y uno de ellos catalogó la situación como «letal», ya que un paciente con síndrome de Down no tolera una cirugía por cardiopatía, por lo que se buscaba recurrir al aborto en la segunda causal.

«Cuando el embrión o feto padezca una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal», señala la segunda causal de la ley de aborto. Sin embargo, el máximo tribunal descartó la «letalidad» de la situación, ya que «no ha existido precisión en torno a que la patología congénita incompatible con la vida extrauterina independiente sea letal», señala el fallo.

«La falta de certeza en ese preciso extremo no permite tener por configurada la causal en cuya virtud se manifestó la voluntad de la recurrente en orden a la interrupción de su embarazo», concluye el dictamen del máximo tribunal.

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