Corte Suprema ordena restitución de terreno indígena en Pucón

La decisión, tomada el pasado 17 de mayo, pone fin a 20 años de arrendamiento y anula la sentencia promovida por la Corte de Apelaciones de Temuco.

Por Leonardo Buitrago

20/05/2022

0 0


La Corte Suprema declaró terminado el contrato de arriendo que recae sobre el inmueble denominado Hijuela N°82, y determina que doña Myriam Ibáñez deberá restituir el inmueble dentro de un plazo de 30 días desde la ejecución de la sentencia.

El caso involucra a la dueña del predio, Raquel Millahual Saldías, quien pidió ante la Justicia el término de contrato y demandó a la arrendataria Myriam Ibáñez, proveniente de Alemania, refiere BioBío.

La decisión, tomada el pasado 17 de mayo, pone fin a 20 años de arrendamiento y anula la sentencia promovida por la Corte de Apelaciones de Temuco.

En dicha sentencia, la corte falló a favor de Ibáñez el pasado 31 de diciembre del 2020, donde se acogió la excepción de falta de legitimación pasiva deducida por la parte demandada.

Cabe recordar que, el conflicto se centró en que el contrato se estableció antes de la existencia del artículo 13 de la Ley N° 19.253, vigente desde 1993, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los territorios indígenas, y en la que se prohíbe arrendar dichas tierras por más de cinco años.

En el contrato de arrendamiento – refiere BioBío- se incluía una promesa de venta y facultaba la cesión del territorio. Dicha cesión se llevó a cabo en 2016.

El nuevo fallo cobra mayor importancia en esta clase de procesos referidos a la protección de las tierras indígenas.

Síguenos y suscríbete a nuestras publicaciones