"Es una esperanza para frenar la precariedad laboral", señalaron desde la ANEF

Corte Suprema reconoce carácter indefinido de contratas y refuerza posición de trabajadores del sector público

El pasado martes, 13 de marzo, la Tercera Sala de la Corte Suprema sentó un precedente en las relaciones contractuales entre los trabajadores públicos a contrata y el Estado de Chile: si son despedidos irregularmente por su empleador o no se les renueva el contrato y llevan más de dos años en alguna repartición estatal, […]

Por Absalón Opazo

20/03/2018

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Trabajo

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El pasado martes, 13 de marzo, la Tercera Sala de la Corte Suprema sentó un precedente en las relaciones contractuales entre los trabajadores públicos a contrata y el Estado de Chile: si son despedidos irregularmente por su empleador o no se les renueva el contrato y llevan más de dos años en alguna repartición estatal, los tribunales pueden reconocer la relación laboral como indefinida.

Según consigna un reporte del portal Resumen, la resolución respondió al recurso de protección presentado por un trabajador de la Superintendencia de Valores y Seguros, despedido injustificadamente en 2017, y que luego del fallo deberá ser reincorporado a dicha repartición gubernamental.

Desde la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (Anef) valoraron esta medida, que según su vicepresidenta de Previsión y Seguridad Social, Orietta Fuenzalida, representa una esperanza para frenar la precariedad laboral en el país.

“Se abre toda una perspectiva para la lucha por el empleo y la estabilidad en el sector público tras este dictamen. La Contraloría General de la República dirimía tomando en cuenta solo aspectos formales en la no renovación de contrato, no importaba el hecho de que el empleo fuera ocupado por años por las personas, desarrollando un función pública”, expresó Fuenzalida.

La dirigente además agregó que el fallo se pronunció sobre cuestiones administrativas de fondo y por ende da un fuerte respaldo a la defensa del empleo, añadiendo que es un corolario de una lucha que se lleva dando muchos años en los tribunales.

“El empleo a contrata no es un empleo transitorio, que dure un año, la realidad es otra; aquí hay empleos que duran muchos años y deben reconocerse con las mismas características que se reconoce el contrato en el sector privado”. señala la dirigente.

Con respecto a los beneficios inmediatos que implica este fallo, Fuenzalida comentó que si bien el empleo a contrata sigue teniendo las mismas formalidades, será mucho más difícil desvincular a los funcionarios públicos.

“Las personas ya no podrán ser despedidas y punto, no va a ser automático. Hoy día está la instancia de los tribunales y el empleador (Estado) va a tener que atender muy bien sus procesos de desvinculación. Ahora se necesitará de todo un respaldo técnico para despedir a un trabajador: se tendrá que acreditar todos los motivos, si no los hay el trabajador deberá reincorporarse de inmediato o recibir indemnización por años de servicio cuando lleve más de dos años, acreditando que el despido fue injustificado”, puntualiza la profesional.

Finalmente, otra garantía que otorgó el pronunciamiento de la Suprema, tiene que ver con la comunicación de renovación o desvinculación de una funcionaria o funcionario a contrata, el que tendrá que ser comunicado en un plazo previo de treinta días; de no ser así, él o la afectada, podrán recurrir a tribunales invocando el fallo del máximo tribunal del país.

Vía resumen.cl

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