El decreto que le duele a la derecha: se termina el “estatus VIP” de Punta Peuco

Con timbre y firma, el Gobierno desmontó por decreto la cárcel emblema del pinochetismo: Punta Peuco perdió la categoría de “especial” y pasó a régimen penitenciario común, bajo las mismas reglas que rigen al resto del país.

El decreto que le duele a la derecha: se termina el “estatus VIP” de Punta Peuco

Autor: Mauricio San Cristóbal M.
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Se acabó el privilegio. Un decreto del Ministerio de Justicia y DD.HH., publicado en el Diario Oficial este martes 4 de noviembre, elimina la condición de “unidad penal especial” de Punta Peuco y lo somete al reglamento común que rige a los establecimientos penitenciarios del sistema. En simple: el “penal VIP” deja de existir.

Para la derecha y la ultraderecha duele por dos razones: primero, porque cae un símbolo político —el recinto donde cumplen condena violadores de derechos humanos de la dictadura de Pinochet, entre ellos Miguel Krassnoff—; segundo, porque se terminan las diferencias formales que blindaban a ese penal respecto del resto del sistema.

¿Qué hacía “especial” a Punta Peuco? El decreto que lo creó lo clasificó como unidad penal especial, con una denominación y finalidades diferenciadas respecto del régimen común, bajo el argumento de “condiciones de seguridad”. El nuevo decreto borra esa categoría, cambia la denominación del recinto y deja establecido que se rige por el reglamento penitenciario general, como cualquier centro de cumplimiento.

Puntos clave del decreto que convierte Punta Peuco en penal común

  • Elimina la categoría de “unidad penal especial” para el recinto.
  • Cambia la denominación a Centro de Cumplimiento Penitenciario Tiltil.
  • Sujeta el establecimiento al Reglamento de Establecimientos Penitenciarios (DS N° 518/1998): régimen común.
  • Confirma que la dirección y administración corresponde a Gendarmería de Chile.
  • Modifica el decreto original de 1995 para alinear nombre y finalidad al régimen común.
  • Vigencia: desde su publicación en el Diario Oficial.
  • Toma de razón con alcance de Contraloría: el cambio no limita los resguardos para personas adultas mayores u otras medidas de protección que correspondan.

Qué fue el “estatus VIP” de Punta Peuco (y por qué dolía)

Durante tres décadas, Punta Peuco funcionó como unidad penal especial separada del resto de la red carcelaria y destinada casi exclusivamente a condenados por violaciones a los DD.HH. cometidas en la dictadura. Esa segregación institucional se tradujo en baja densidad poblacional y mejores estándares de infraestructura frente al hacinamiento estructural del sistema común, configurando un trato diferenciado que la derecha defendió como “seguridad” y que las víctimas denunciaron como privilegio.

Reportajes y crónicas describieron módulos tipo cabaña, piezas amplias, living y comedor, además de espacios verdes y áreas de esparcimiento inusuales si se comparan con las cárceles comunes; incluso se ha consignado la existencia de cancha de tenis y zonas de parrilla, símbolos del trato excepcional frente a penales marcados por el hacinamiento.

En contraste, la realidad mayoritaria del sistema penitenciario chileno ha sido celdas atestadas y servicios básicos al límite. Por eso el decreto que somete a Punta Peuco al régimen común cierra la puerta a las exenciones formales que sostenían esa diferencia: desde ahora, misma norma, mismos protocolos, misma supervisión que en cualquier centro del país.

Memoria y señales de época

Punta Peuco fue concebido y defendido como excepción en el mapa penitenciario. Su “estatus VIP” funcionó como distancia política respecto del resto de las cárceles del país. El decreto que convierte Punta Peuco en penal común opera como cierre de ciclo: el Estado homologa el trato penitenciario y envía una señal de igualdad ante la ley.

Lo que viene

Gendarmería deberá aplicar el reglamento común y asegurar las condiciones de resguardo que correspondan por edad o salud, como hace en cualquier penal. En el plano político, el debate se moverá hacia eventuales recursos y a la implementación concreta del cambio de estatus.

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