El Departamento de Estado de los Estados Unidos publicó su Informe sobre Trata de Personas 2026 y en su capítulo sobre Chile afirma que «los tratantes explotan a adultos y niños en trabajo forzoso en Chile en la minería; la agricultura, incluida la cosecha de berries; la acuicultura; la construcción; el comercio ambulante; el servicio doméstico, y los sectores de hotelería, restaurantes y confección».
El reconocimiento no es aislado. La acuicultura figura en el perfil de Chile del informe al menos desde 2023, y la cosecha de berries se agregó en 2025.
Para Fundación Libera y el Centro Ecoceanos, la reiteración confirma lo que trabajadores, sindicatos y organizaciones de la sociedad civil vienen documentando en la salmonicultura y el agro exportador.
Esa evidencia fue presentada por Fundación Libera y Ecoceanos ante la Oficina del Representante Comercial de EE.UU. (USTR), en las investigaciones de la Sección 301 sobre trabajo forzoso en Chile (expedientes USTR-2026-0265 y USTR-2026-0266).
«El Departamento de Estado reconoce oficialmente lo que hemos documentado ante la USTR: en la agricultura y la acuicultura chilenas hay trabajo forzoso. El Estado de Chile ya no puede tratarlo como una acusación de la sociedad civil; es un diagnóstico oficial que exige respuestas concretas», señaló Carolina Rudnick Vizcarra, presidenta de Fundación Libera.
Chile en el Nivel 1
El informe mantiene a Chile en el Nivel 1 (países cuyos gobiernos cumplen plenamente con los estándares mínimos de la Ley de Protección de las Víctimas de la Trata de Personas de EEUU -TVPA- para la eliminación de la trata de personas), y destaca más investigaciones, procesamientos y víctimas identificadas. Pero el mismo documento deja al descubierto brechas graves frente al trabajo forzoso:
Cero condenas por trabajo forzoso. En 2025 hubo 816 investigaciones por trata: 644 por explotación sexual comercial infantil (ESCNNA), 109 casos de trata sexual y solo 62 por trata laboral (7,6%). Hubo 14 personas procesadas por trabajo forzoso, pero las 34 condenas fueron por explotación sexual.
Fiscales que no reconocen el trabajo forzoso: El informe señala que los funcionarios policiales, fiscales y del sector judicial carecen de una comprensión cabal de la trata de personas, y algunos fiscales locales no logran reconocer el delito, en especial el trabajo forzoso, ni reunir pruebas suficientes para acreditarlo. Las deficiencias en la recopilación de pruebas llevaron, además, a que las autoridades persiguieran delitos de trata bajo otros artículos del Código Penal, que contemplan penas inferiores a las previstas en el artículo 411.
Reclutadores laborales sin regulación. El informe señala que Chile no regula a los reclutadores ni los hace responsables por reclutamiento fraudulento, justo el eslabón de la intermediación y la subcontratación en el agro y la salmonicultura.
Sin capacidad especializada en el sur. Las unidades especializadas de la PDI están en Arica, Iquique y Santiago; ninguna en las regiones donde se concentra la agricultura y la salmonicultura. Tampoco existen albergues para víctimas hombres.
Víctimas sin atención. Solo 58 de las 245 víctimas identificadas (cerca del 24%) recibieron servicios, y existen plazas limitadas, dificultades para atención especializada y brechas territoriales para la atención, incluyendo la ausencia de albergues para víctimas hombres.
Penas que no disuaden. El informe describe un patrón consolidado de condenas leves y suspendidas.
Política sin respaldo. El Plan de Acción Nacional contra la Trata 2023–2026 no ha sido aprobado por la Presidencia y la Mesa Intersectorial sobre Trata de Personas no tiene presupuesto propio.
«Que se procese solo a 14 personas por trabajo forzoso y ninguna sea condenada muestra que el problema no es la falta de casos, sino un sistema que no está preparado para reconocerlos. Mientras el trabajo forzoso no sea un delito autónomo en Chile, seguirá escapándose entre las figuras penales», alertó Carolina Rudnick.
Vacíos en la legislación laboral y el Gobierno no ayuda
Fundación Libera y el Centro Ecoceanos advirtieron además sobre la falta de legislación laboral en sectores de alto riesgo, lo que pone en entredicho las alegaciones del Ejecutivo acerca de la existencia de legislación e institucionalidad robusta.
«El mismo año en que el Departamento de Estado reconoce trabajo forzoso en la acuicultura chilena, el Gobierno retira el reglamento que debía hacer aplicable la protección de los buzos subcontratados de la salmonicultura, de acuerdo a la Ley 21.789», cuestionó Juan Carlos Cárdenas, director de Ecoceanos.
«Sin reglamento, la ley queda en el papel y las empresas mandantes siguen sin obligaciones exigibles. Los buzos quedan expuestos a jornadas excesivas, a la imposición de trabajo en puerto cerrado y al temor a represalias si se niegan, indicadores de trabajo forzoso según la OIT», agregó.
A lo anterior se suma que entre 2013 y 2026 se han documentado 91 muertes de trabajadores y trabajadoras en esta mega industria exportadora: «Cada mes de demora profundiza la desprotección y el riesgo de explotación; exigimos el reingreso inmediato del reglamento a la Contraloría», manifestó el director de Ecoceanos.
Lo que Fundación Libera y Centro Ecoceanos piden al Estado de Chile
Estas son las propuestas que plantean ambas entidades:
1) Tipificar el trabajo forzado de conformidad con los estándares internacionales.
2) Fortalecer la legislación laboral sectorial en los sectores de riesgo de trabajo forzado: Tramitar sin más demora el reglamento de la Ley N° 21.789 (Ley de Buceo), que protege a los buzos subcontratados de la salmonicultura y derogar la normativa dictada por la Dirección del Trabajo que impide denunciar a personas migrantes sin documentación.
3)Implementar una prohibición nacional de importación de trabajo forzado.
4) Eliminar restricciones a la libertad de asociación y negociación colectiva.
5) Fortalecer el cumplimiento de la legislación laboral.
6) Incluir mecanismos transparentes de monitoreo y cumplimiento vinculante en las obligaciones laborales de los tratados comerciales.
7) Incluir a las organizaciones expertas de la sociedad civil y víctimas en el diseño e implementación de la política pública.
8) Crear capacidad especializada de investigación y persecución en el sur del país y fiscales dedicados exclusivamente a trata.
9) Garantizar servicios y alojamiento para todas las víctimas, incluidos hombres y personas fuera de la capital, y asegurar el pago efectivo de las reparaciones.
10) Aprobar y financiar un nuevo Plan de Acción Nacional contra la Trata, con presupuesto propio para la Mesa Intersectorial.
11) Aprobar y financiar el Plan de Acción Nacional contra el Trabajo Forzoso, con presupuesto propio para la Comisión Asesora Ministerial para la Eliminación del Trabajo Forzoso.
Seguiremos informando. Foto Portada: Referencial.
