Dictamen del Comité de DDHH de Naciones Unidas

El delirante argumento del Estado chileno frente a requerimiento de la ONU por caso de censura

Instancia internacional sostiene que al reprimir una manifestación artística promovida por Londres 38, Carabineros violó el derecho a la libertad de expresión.

Por Daniel Labbé Yáñez

06/04/2018

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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El Comité de Derechos Humanos de la ONU dictaminó que el Estado chileno atentó contra la libertad de expresión en la conmemoración del 40 aniversario del golpe de Estado. Según el informe reciente, el cuerpo de Carabineros censuró una manifestación artística promovida por Londres 38, Espacio de memorias.

Los hechos ocurrieron el 6 de septiembre de 2013, día en el que la organización dedicada a la investigación y difusión de información sobre las violaciones de derechos humanos ocurridas en el edificio situado en la calle Londres 38, realizó la obra “Puentes de la memoria”. Ella consistió en una intervención artística en nueve puentes sobre el río Mapocho, lugar icónico de la dictadura por ser vertedero de muchos de los cuerpos ejecutados extrajudicialmente.

El objetivo era denunciar la impunidad de la que siguen gozando los crímenes de la dictadura y la persistencia de la represión violenta. En algunas de las obras expuestas en los puentes se podían leer frases como «40 años de luchas y resistencias», «Dónde están los desaparecidos?», «Que hablen los que torturaron y asesinaron», «Que rompan el pacto del silencio», «Mapuche y pueblo movilizado resisten la represión», entre otros.

Los organizadores de la exposición tenían todos los permisos necesarios, tanto de las municipalidades de Santiago y de Providencia, como del Consejo de Monumentos Nacionales. Sin embargo, Carabineros retiró los lienzos alegando que no tenían conocimiento de dichos permisos y que era una acción necesaria para «proteger el orden público».

Frente a esto, el dictamen de la ONU responde que «el presunto desconocimiento de las autorizaciones legales correspondientes no puede servir como justificación legítima para eximir al Estado parte su responsabilidad por la remoción de la obra por parte de Carabineros».

Tras los hechos, Londres 38 exigió una explicación y la devolución de los lienzos, dirigiéndose directamente al entonces ministro del Interior, Andrés Chadwick, quien sin embargo no respondió. Además, después de agotar las vías judiciales de ámbito nacional, mediante un recurso  de protección en la Corte de Apelaciones de Santiago y en el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en marzo de 2015 Londres 38 presentó una denuncia ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU.

Años después, el dictamen de la ONU sentencia que la acción de Carabineros «violó su derecho a la libertad de expresión (…) y careció de una base legal clara, un objetivo legítimo, y fue desproporcionada e innecesaria». En este sentido, el Comité entiende que «el Estado parte no ha ofrecido una explicación razonable acerca de la existencia de una amenaza concreta y real al orden público que justificara la decisión de Carabineros».

El argumento utilizado por el Estado chileno fue que «los lienzos podrían haber sido quemados justo en los momentos de mayor desplazamiento de personas y haber ocasionado lesiones». A esto, el dictamen atiende al carácter «meramente especulativo» del razonamiento, ya que «no ha justificado en qué datos concretos se basó el temor de que se pudiera quemar la obra».

De este modo, y de acuerdo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, suscrito por Chile, el Estado tiene la obligación de proporcionar una «reparación íntegra». Así pues, las medidas que debe adoptar son las siguientes: «localizar los lienzos desaparecidos y restituirlos, reconocer públicamente la violación de derechos, difundir ampliamente el dictamen del Comité, y adoptar las medidas necesarias para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro».

Además, el Estado chileno debe, en un plazo de 180 días, informar al Comité acerca de las medidas adoptadas y pactadas con Londres 38 para aplicar el dictamen. Sin embargo, han transcurrido más de 120 días y hasta la fecha no se han dado pasos para el cumplimiento de las directrices de la ONU.

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