La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $80.000.000 el monto de la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, al dirigente minero, Pedro Plácido Plaza Rojas, quien fue detenido el 4 de octubre de 1973 y torturado en la Subcomisaría de Salamanca, Regimiento Arica y en los diversos recintos penales en los que permaneció hasta marzo de 1976, cuando se exilió junto a su familia, a Dinamarca.
En fallo unánime (causa rol 5.658-2023), la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Antonio Ulloa, José Pablo Rodríguez y el abogado (i) Manuel Luna– confirmó la sentencia impugnada, que había sido dictada por el 27° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda.
“Que, en lo tocante a los reajustes dispuestos por la sentencia de primer grado, considerando que persiguen recompensar al demandante del efecto de la desvalorización del dinero, es que habrán de aplicarse desde la fecha en que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada”, señala el fallo.
La Corte de Apelaciones determinó que deberá enmendarse el fallo de primer grado en este aspecto, «disponiéndose precisamente que los reajustes que se devenguen sobre la suma que se ordena pagar deberán contabilizarse desde que la sentencia se encuentre firme”.
“Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de siete de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol C-27356-2019, con declaración que la suma a que se condenó al Fisco de Chile deberá ser pagada con reajustes desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada”, concluyó el tribunal de alzada.
Ver fallo de la Corte de Apelaciones
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