Por José Matamala Pizarro

Un proyecto de ley, dado a conocer el 7 de julio de 2025 en el Diario Constitucional, propone equiparar la jornada laboral de los trabajadores portuarios con la de los mineros en Chile. La iniciativa presentada por una bancada de diputados del Partido por la Democracia, la Democracia Cristiana e independientes busca modificar al Código del Trabajo con la finalidad de permitir jornadas excepcionales -jornadas de hasta 12 horas diarias de trabajo- en el rubro marítimo portuario chileno. El argumento esgrimido por las autoridades se fundamenta en la necesidad de asegurar una mayor continuidad operativa y eficiencia logística entre la extracción y exportación de minerales, situación que obliga a homologar los turnos de trabajo entre trabajadores mineros y portuarios.
No obstante, diferentes organizaciones sindicales portuarias han manifestado su rechazo a la iniciativa. En general, los sindicatos aluden a que el trabajo en los puertos difiere sustancialmente del trabajo minero. La Unión Portuaria de Chile (UPCh) declaró que la iniciativa es “una aberración jurídica y laboral” y que parte de supuestos falsos, puesto que no existirían dificultades en la continuidad operativa que “entorpezcan la correcta comercialización de los minerales extraídos en el país”. Asimismo, la UPCh agregó que las faenas portuarias no se realizan en zonas geográficas apartadas de las urbes -algo que sí ocurre en las faenas mineras- lo que no justificaría el uso de jornadas excepcionales. Finalmente, la organización sindical arguyó que el proyecto de ley se distancia considerablemente de la propuesta de Ley laboral portuaria que le entregaron al ministro del Trabajo, Giorgio Boccardo, el pasado 30 de junio.
Los sindicatos portuarios defienden que la extensión de su jornada laboral es de 7,5 horas y su distribución ya se encuentra regulada en el Código del Trabajo. Esta distribución horaria nunca antes había sido catalogada como un obstáculo, ocurrencia que atribuyen a un desconocimiento de su labor por parte de las autoridades. En efecto, las organizaciones sindicales portuarias consideran que la propuesta de ley es improcedente y constituye un atentado contra sus escasos derechos laborales.
Las condiciones laborales portuarias en Chile se caracterizan por ser precarias y carentes de derechos laborales. Sumado a ello, el trabajo portuario opera en una vorágine productiva incesante y en condiciones ambientales muchas veces hostiles. Los trabajadores sobrellevan estas situaciones exponiéndose la mayor parte de su jornada laboral a diferentes riesgos ocupacionales. La Dra. Alba Lagos de la Universidad Santo Tomás ha investigado sobre los impactos de los riesgos ocupacionales en la salud de los trabajadores portuarios, destacando datos desalentadores. El 65% de los trabajadores portuarios presentan un sueldo inferior a los 800 mil pesos. Las principales preocupaciones que mantienen durante su turno de trabajo es la exposición a riesgos físicos (65%), seguido de problemas para su salud mental o la pérdida del empleo. El trabajo se realiza principalmente por cumplimiento de metas y bajo un estilo de gestión individualista y autoritario (62%), el cual tiende a desconocer las preocupaciones y necesidades de los trabajadores.
En una revisión sistemática realizada por la misma investigadora, encontró que los trabajadores portuarios se desempeñaban en condiciones laborales inclementes, caracterizadas por ruidos, vibraciones de máquinas y trabajo a la intemperie con exposición a temperaturas extremas. Las exigencias de trabajo cotidianas son altas, requiriendo del esfuerzo físico y mental constante, lo que se acrecienta en momentos de mayor flujo de mercancías. La sobrecarga de trabajo se torna insoportable en sistema de turnos de trabajo extendidos o en sistemas de turnos nocturnos, los cuales además interfieren con el uso del tiempo libre. Así, el tiempo de descanso u ocio se acorta, menoscabando la vida social y familiar de los trabajadores portuarios. Como colofón, se aprecia una fuerte tendencia en ellos para recurrir a lo que Karen Horney (1993) denominó narcotización: el consumo de tabaco, psicotrópicos y alcohol es sustancial en esta población para amortiguar el malestar concomitante.
En estas circunstancias, es comprensible el rechazo planteado por las organizaciones sindicales portuarias. El proyecto de ley de extensión de la jornada laboral no tiene en consideración dichas problemáticas presentes en el rubro, aun cuando la bancada parlamentaria ha insistido en que se buscará homologar las condiciones laborales entre mineros y portuarios. Sin embargo, la iniciativa legal carece de evidencia científica suficiente para justificar la extensión de la jornada de trabajo y, más aún, para demostrar los aparentes beneficios en materia de salud y seguridad laboral. En Chile, no existen estudios científicos rigurosos que respalden aquello.
Aun así, la tendencia internacional avanza precisamente al contrario de la ampliación de las jornadas de trabajo, más bien se propone su restricción, incluso en el ámbito minero. Como muestra de aquello, en el año 2020 realicé un informe técnico sobre Turnos de trabajo y salud mental en la minería. Allí identifiqué que no existía ninguna investigación en el mundo que estuviera planteando la ampliación de los turnos de trabajo, ni siquiera en un contexto mundial tan complejo como lo fue la pandemia por coronavirus. A contrapelo, la evidencia científica detallaba que la extensión de la jornada de trabajo es un predictor de problemas de salud física y mental, por lo que cualquier ampliación no solo supone un riesgo directo para los trabajadores implicados, sino que un problema inexorable para la salud pública del país.
En consecuencia, se puede sostener que la propuesta de ley presentada por la bancada de diputados no servirá para equiparar las condiciones laborales entre mineros y portuarios. En contraste, se constituirá en un fuerte detrimento para estos últimos. La extensión de la jornada de trabajo en ningún caso constituye un beneficio para el trabajo humano. Por lo tanto, es preciso avanzar en una nueva ley laboral portuaria que se haga cargo de la deuda del Estado con estos trabajadores. La ampliación del tiempo de trabajo provoca una transgresión de los límites físicos y sociales de los trabajadores, dejando como resultado lesiones, accidentes, enfermedades o aislamiento social.
Los puertos constituyen un sector relevante de la economía nacional. En estos lugares, se desempeñan hombres y mujeres a quienes el país debe proteger, no asimilarlos con un rubro productivo diferente. En esta ocasión, los diputados deben entender que no es viable equiparar para perjudicar.
Por José Matamala Pizarro
Docente en la Escuela de Psicología de la Universidad Santo Tomás, sede Los Ángeles, Chile.
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