El 4° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó su veredicto condenatorio en contra del excomandante en jefe del Ejército Óscar Izurieta Ferrer (en la foto), en calidad de autor del delito consumado de lavado de activos, cometido a partir de 2010, en el marco del caso conocido como «Gastos reservados».
En resolución unánime (causa rol 274-2026), el tribunal dio por establecido tanto la comisión del delito como la participación culpable de Izurieta Ferrer en los hechos acreditados.
De acuerdo a la Fiscalía Regional de Los Lagos, entre 2010 y 2018, durante la comandancia en jefe de los generales Juan Miguel Fuentealba y Humberto Oviedo, Izurieta recibió pagos mensuales y en efectivo como «Apoyo a EX-CJE», dineros que habrían alcanzado un monto estimado de $61.200.000 y que utilizó para adquirir una propiedad que luego arrendó, obteniendo millonarias ganancias.
Para el tribunal, «durante las distintas sesiones en que se desarrolló la audiencia de juicio se logró determinar una serie de hechos no controvertidos en relación a las imputaciones, que, en este sentido formuló el Ministerio Público, no existiendo controversia en cuanto a que los comandantes en jefe del Ejército de Chile desde el año 2010 en adelante (esto es, los señores Fuente-Alba y Oviedo) entregaron sumas periódicas de dinero, generalmente de forma mensual, a los excomandantes, en efectivo, por mano y sin ningún tipo de registro contable, y por sumas que iban desde los $400.000 en el año 2010, hasta el millón de pesos para el año 2017″.
«Estos aportes testimoniales, documentales y otros medios de prueba observados, sumado al contexto en que se verificaron las actividades de ejecución de los gastos reservados, permiten adquirir convicción en el tribunal en cuanto a que los comandantes en jefe del Ejército procedieron a destinar y distraer dineros entregados como gastos reservados a fines y usos diversos a aquellos autorizados por la ley, entre los que incluía el pago mensual de una suma de dinero para uso personal de los excomandantes en jefe», puntualiza el fallo del tribunal.
Según consignaron medios nacionales, el Ministerio Público está pidiendo 8 años de presidio, una multa de 500 UTM y el comiso del inmueble y las ganancias obtenidas.
«Se logró establecer judicialmente una verdad procesal, que es el uso indebido de gastos reservados, dinero que es público y que están destinados a una finalidad específica que se designa por la Constitución y la ley», dijo el fiscal Marco Muñoz a Radio Biobío.
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