Tras fallo de la Suprema

General Hermes Soto ordena impedir futuros actos de censura contra El Ciudadano

La autoridad informó que "se ha dispuesto conferir todas las facilidades de ingreso para que el recurrente, y cualquier otro periodista de algún medio de comunicación, puedan a acceder a los lugares en los cuales se desarrollan, hoy y en el futuro, las conferencias de prensa institucionales".

Por Matías Rojas

06/04/2018

Publicado en

Chile

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El nuevo general director de Carabineros Hermes Soto Isla envió un informe a la Corte de Apelaciones de Santiago indicando las facilidades que se han dispuesto para el reportero de El Ciudadano Matías Rojas, quien fue expulsado de un punto de prensa de la institución a mediados de 2017, vuelva a participar en las conferencias que ésta realiza.

En una sentencia fechada el 16 de octubre pasado, resolviendo un recurso de protección de garantías constitucionales presentado por Rojas (rol 31.296-2017, ICA Santiago), la Corte Suprema estableció que «la acción de impedir que un periodista participe de un punto de prensa constituye una amenaza a la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa».

«Toda vez que el Departamento de Comunicaciones Sociales intervino en los hechos denunciados por el recurrente, y teniendo en cuenta que dicho estamento institucional es el que organiza las actividades de difusión mediática, se le remitieron los antecedentes del fallo judicial en comento, requiriéndosele informar al respecto», señaló mediante oficio el general Soto (ver aquí).

Dicho departamento informó que «se ha dispuesto conferir todas las facilidades de ingreso para que el recurrente, y cualquier otro periodista de algún medio de comunicación, pueda a acceder a los lugares en los cuales se desarrollan, hoy y en el futuro, las conferencias de prensa institucionales; de tal manera que, efectivamente, puedan desarrollar el respectivo trabajo periodístico y no exista ninguna amenaza a la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa».

«De acuerdo a lo expresado anteriormente, es importante destacar que Carabineros de Chile ha dispuesto los cursos de acción respectivos para que no se generen situaciones como las que afectó al recurrente», concluyó.

El tribunal de alzada había dado un plazo extraordinario de 72 horas al general Soto para saber cómo se había dando cumplimiento a la sentencia. Sus antecesores, los generales (r) Bruno Villalobos y Julio Pineda, se habían rehusado a acatar la solicitud cuando se cuestionó por qué el afectado no fue invitado a la conferencia dada por el jefe de inteligencia Gonzalo Blu en el marco de la «Operación Huracán».

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