Impulsan proyecto de acuerdo en el Senado para agilizar tramitación sobre reconocimiento del Pueblo Selk’nam

La negativa del gobierno a apoyar un estudio requerido mantiene paralizado en el Senado el proyecto que modifica la Ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, con el fin de incorporar al Pueblo Selk'nam entre las "etnias" reconocidas por el Estado.

Por Absalón Opazo

28/07/2021

Publicado en

Chile / Congreso / Política / Pueblos

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La negativa del gobierno a apoyar un estudio requerido mantiene paralizado en el Senado el proyecto que modifica la Ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, con el fin de incorporar al Pueblo Selk’nam entre las «etnias» reconocidas por el Estado.

La iniciativa está en la Comisión de Gobierno del Senado, pero se encuentra detenida debido a la ausencia de un estudio, que debe apoyar el Gobierno, con respecto a la determinación de la existencia Selk’nam, tal como ha ocurrido con el reconocimiento de otros Pueblos.

Ante esta situación se está impulsando un proyecto de acuerdo en el Senado, con el propósito de solicitar al Presidente de la Republica, a la Ministra de Desarrollo Social y a la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas UAI, que gestionen el financiamiento adecuado para poder realizar la correspondiente licitación y así llevar a cabo el estudio de carácter antropológico/histórico de rigor.

Ariel León Bacián, asesor de la Corporación Selk’nam Chile, ha señalado que «en la Ley Indígena N°19.253, existe un reconocimiento parcial respecto de los pueblos originarios que habitaban el territorio nacional. Esta ley se limita a señalar como etnias a los Pueblos Aymara, Quechua, Atacameños, Colla, Diaguita, Rapa Nui, Mapuche, Yagán, Kaweskar y Chango, no haciendo referencia a la existencia del Pueblo Selk’nam».

«Muy por el contrario», agrega el representante Selk’nam, «legislativamente incluso se intentó aprobar un proyecto de ley que los daba por extintos, desconociendo y negando la existencia de los descendientes. Ante estos intentos de negación y exterminio legislativo, es que incansablemente se han realizado denuncias ante organismos internacionales de Derechos Humanos, logrando así frenar dicho actuar para poder impulsar la iniciativa legislativa adecuada y poder obtener el reconocimiento de su existencia».

En este punto, explica que «se han desarrollado varios intentos hasta llegar a un proyecto de ley que modifique la actual Ley Indígena, con el fin de incorporar al Pueblo Selk’nam entre las principales etnias indígenas, pero para esto también es necesario un estudio que debe ser financiado por el Estado y que se ha realizado anteriormente con otros pueblos originarios».

«Precisamente esto es señalado en algunas de las declaraciones que han dado a la prensa los integrantes de la Corporación Selk´’nam Chile, quienes indican que lamentablemente su tramitación se encuentra paralizada en la Comisión de Gobierno de la Cámara Alta, debido a que el Ministerio de Desarrollo Social se ha negado a financiar este año el estudio que prueba la existencia de los Selk’nam y que es requerido como condición previa para su aprobación», añadió Ariel León Bacián.

Injusticia y genocidio en pleno Siglo 21

Frente a este estancamiento legislativo, la presidenta de la Corporación Selk’nam Chile e integrante de la comunidad indígena Covadonga Ona, Hema’ny Molina, declaró que «para nosotros representa un nuevo intento de eliminarnos, seguimos sintiendo la injusticia y el genocidio en pleno siglo 21. Mientras nosotros hacemos grandes esfuerzos para fortalecer nuestra cultura, traspasarla a nuestros hijos, para estrechar lazos amigables con el territorio que ancestralmente nos pertenece, el Estado hace caso omiso e ignora todas nuestras llamadas y por el contrario, sigue fomentando la usurpación insolente de nuestro patrimonio disfrazado fomento productivo, pymes o inspiraciones».

«Nosotros como Pueblo Selk’nam sabemos el dolor y la tremenda hazaña que debieron vivir nuestros abuelos y bisabuelos para resistir, sobrevivir y sobrellevar este terrible genocidio, en el que ellos mismos fueron las víctimas. Acunar sus recuerdos fue la base de nuestra conciencia y existencia hoy en día. Por ello, es triste ver que por una parte el Estado no niega su participación en los hechos ocurridos en Tierra del Fuego, en donde ampararon un genocidio con la clara intención de exterminio, y por otra, se niega a cooperar con lo mínimo que debiera ser desde una iniciativa propia, facilitar estudios que ellos mismos solicitan para el proceso de integración a la Ley indígena», agregó Molina.

Hay que destacar que la Corporación Selk’nam Chile y la comunidad indígena Covadonga Ona han sido activas en denunciar diversos casos relacionados a nuevas vulneraciones. De hecho, en el proyecto de acuerdo del Senado se hace referencia que debido a esta falta de reconocimiento del Estado Chileno en relación a la existencia del Pueblo Selk’nam como tal y su posterior genocidio, es que se siguen perpetrando vulneraciones contra sus descendientes, sin que estos puedan defenderse eficazmente, siendo las más comunes las usurpaciones que se realizan de su cultura por parte de iniciativas privadas, tomando como propios símbolos espirituales ancestrales, sin ningún respeto por el origen de los mismos, y sin otro animo ni intención que la de lucrar, registrándose numerosos casos en el presente con estas características.

En ese sentido, el proyecto de acuerdo además de requerir al gobierno que gestione el financiamiento adecuado para la licitación del estudio, también hace un requerimiento al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) a que realice una supervigilancia de las vulneraciones de derecho que se han llevado a cabo contra el Pueblo Selk´nam ante su falta de reconocimiento, así como la ausencia de financiamiento del estudio referido.

También se solicita al Alto Comisionado de Derechos Humanos que supervigile al Estado de Chile por las omisiones en cuanto a la debida protección de los derechos del pueblo indígena no reconocido, y a la necesidad de financiamiento del estudio referido.

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