Hoy se da inicio al estudio del proyecto de ley que prohíbe la discriminación laboral frente a análisis genéticos (Boletín 7709-13)

Información genética no podrá ser usada para despedir a un trabajador

El senador Navarro, quien es autor del proyecto de ley indicó que lo que se busca es “resguardar que el empleador no pueda discriminar laboralmente a un trabajador por su condición genética o la existencia de genes tendientes a desarrollar enfermedades físicas o psíquicas en el futuro”.

Por Ángela Barraza

10/09/2014

Publicado en

Chile / Trabajo

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Examenes genéticos predictivos

Hoy en la Comisión del Trabajo del Senado comienza el estudio del proyecto de ley que aborda un fenómeno que ya es de extrema preocupación en otros países del mundo y que sin duda desatará un poderoso lobby en nuestro país. Se trata del proyecto de ley que busca prohibir la discriminación laboral frente a análisis genéticos.

Navarro señaló que  “estamos en la antesala de una sociedad en la que el carné genético podrá impedir conseguir un trabajo o la renovación de este. Es por eso que he presentado esta moción ya que estamos a tiempo de tomar los resguardos legislativos para impedirlo”.

Aunque este tema parece salido de la película Gattaca (Película de ciencia ficción-drama de 1997 escrita y dirigida por Andrew Niccol y protagonizada por Ethan Hawke, Uma Thurman y Jude Law.) es completamente real. Hoy existen test de predicción genética para unas 300 enfermedades y ya es una realidad en Chile a través de la empresa estadounidense Pathway Genomics que tiene disponible un examen que puede identificar mutaciones genéticas presentes en el organismo, y que serían determinantes para contraer ciertas patologías en el futuro. ¿Qué se puede medir en términos concretos? 25 enfermedades invalidantes o complejas como, por ejemplo, cáncer de pulmón o de colon, artitis, asma alzheimer-; la respuesta de nuestro cuerpo a 9 tipos de medicamentos y la predisposición que tenemos para transmitir genéticamente 76 patologías a los hijos. Este exámen tiene un valor de 300 mil pesos y la entrega de los resultados demora 1 mes.

El senador explicó que lo que se propone es que “ningún empleador condicione la contratación de trabajadores, su permanencia o renovación de contrato, o la promoción o movilidad en su empleo, a la ausencia o existencia de genes en que se evidencie una probabilidad a desarrollar un determinado tipo de incapacidad que puede llegar a manifestarse o no durante el transcurso de la relación laboral, ni exigir para dichos fines certificado o examen alguno para verificar si el trabajador posee en su genoma humano material genético que pueda desarrollar o manifestarse en una enfermedad o anomalía física o psíquica en el futuro”.

El cuerpo argumentativo del proyecto, segú Navarro, fue trabajado en conjunto con el profesor de Derecho Laboral de la Universidad de Chile, Claudio Palavecino Cáceres, quien publicó un estudio sobre la materia, titulado: ‘La intimidad del trabajador y la prohibición de discriminación laboral frente a los análisis genéticos’”.

Además, el presidente del MAS fijó en el proyecto de ley que “los establecimientos de salud y laboratorios que realicen este tipo de exámenes, como asimismo los empleadores que accedan a esta información deberán adoptar todas las medidas de seguridad prescritas en la Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, con el fin de proteger la intimidad del trabajador y garantizar un manejo reservado de los datos”. Y añadió que “el trabajador siempre tendrá derecho a acceder a la información que arroje un  examen genético”.

Entre los argumentos que expresó Navarro para legislar sobre esto, está sostenido en la Declaración Universal de la UNESCO sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos de 11 de noviembre de 1997, y que la ratificó para sí la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1998 y que dice que ‘cada individuo tiene derecho al respeto de su dignidad y derechos, cualesquiera que sean sus características (art. 2º a)’”. Y sigue: “’Esta dignidad impone que no se reduzca a los individuos a sus características genéticas y que se respete el carácter único de cada uno y su diversidad (art. 2º b)’”. Y finaliza señalando que “’nadie podrá ser objeto de discriminaciones fundadas en sus características genéticas, cuyo objeto o efecto sería atentar contra sus derechos humanos y libertades fundamentales y el reconocimiento de su dignidad (art. 6º)’”.

Para finalizar señaló que “es muy importante poner en la mesa esta discusión, tal como se lo señale a Monseñor Chomalí en la homilía del 1 de mayo, es necesario establecer que el derecho a la intimidad de un trabajador o trabajadora es primordial y que no puede ni debe ser discriminado por tener ciertas características genéticas que no satisfacen a la empresa o por suponer el futuro progreso de incapacidades o enfermedades que finalmente, como puede suceder, no se desarrollen como tal”.

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