"Migración y derechos humanos en Chile"

Informe de la U. de Chile señala que nueva ley sobre migración es «urgente y necesaria»

De acuerdo al estudio, si no se establece una política migratoria integral, se contribuye a normalizar lo que no puede ser regla general: la irregularidad y la vulnerabilidad a ella asociada.

Por Felipe Menares

20/12/2016

Publicado en

Chile / Portada / Sociedad

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FOTO: t13.cl

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Como «un asunto de gran trascendencia que requiere una respuesta contemporánea, reflexiva, integral». Así define el estudio Migración y derechos humanos en Chile uno de los temas que más fuerte ha entrado en la agenda política durante los últimos meses: la creciente población migrante en el país. El informe fue desarrollado por el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

El trabajo propone analizar y conocer cuál es la situación en la que se encuentran las personas migrantes en Chile, a través de un estudio de las normas, la jurisprudencia, la historia, entre otras fuentes, que permitan comprender la complejidad del fenómeno migratorio, más allá del análisis estrictamente jurídico.

Esto porque desde 1982 a la fecha –apunta el informe– ha aumentado sostenidamente la población migrante en el país, debido principalmente a la situación de estabilidad política y social que ha caracterizado a Chile desde el fin de la dictadura.

Según datos del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, actualmente hay cerca de 411 mil inmigrantes, que representan cerca del 2,3% de la población. Vienen en su mayoría de países limítrofes: Perú (31,7%), Argentina (16,3%) y Bolivia (8,8%). El resto de la distribución se compone de la siguiente forma: Colombia (6,1%), Ecuador (4,7%), España (3,5%), Estados Unidos (3,1%), Brasil (3,0%), Venezuela (1,9%), China (1,9%), otros países (19,1%).

RESPONSABILIDAD DE LOS MEDIOS

Uno de los hallazgos del estudio señala que casi el 40% de las noticias que se refieren a las personas migrantes, informan sobre crimen y marginalidad. De acuerdo al documento, «eso contribuye a construir una visión negativa y desconfiada de los migrantes, a pesar de que las cifras sobre delincuencia en Chile siguen indicando que es uno de los países más seguros de la región. Llama la atención que la mayor cantidad de noticias señale o se detenga en identificar la nacionalidad de las personas involucradas en el hecho, como un dato relevante para el lector».

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Sin embargo, el trabajo también valora los espacios que retratan la diversidad como un nuevo elemento que caracteriza a la sociedad chilena. «Una nueva aproximación consciente de la importancia de asumir el fenómeno migratorio como una realidad positiva para el país, también se expresa cuando se destacan los aspectos positivos e incluso dramáticos de la inmigración a la opinión pública, todo ello contribuye a avanzar hacia posturas más conscientes y menos discriminatorias», acota el estudio.

NORMATIVA DESCONTEXTUALIZADA

El informe del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile plantea una crítica a la actual legislación sobre extranjeros en el país: el Decreto Ley N° 1.094 de 1975 y el Decreto Supremo N° 597 de 1984, debido a que ambos fueron dictados en «un contexto marcado por la guerra fría. Esa normativa no da cuenta, es insuficiente y está descontextualizada del perfil migratorio que recibe el país».

El documento señala que en la jurisprudencia nacional (constitucional y de la Corte Suprema y de Apelaciones) se han desarrollado criterios necesarios a la hora de enfrentar privaciones de libertad y expulsiones de las personas migrantes. Sin embargo, el informe aclara que esto «no resuelve la situación migratoria de las personas migrantes».

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«Se revoca la orden de expulsión, en muchos casos las personas recuperan su libertad, pero su situación migratoria sigue sin poder regularizarse. Por vía de la jurisprudencia se protege el derecho a la libertad personal, pero no se garantiza que esa persona pueda normalizar su situación jurídica», se lee en el documento.

El estudio agrega que «El control de la discrecionalidad y la invocación de conceptos jurídicamente indeterminados, tales como, razones de conveniencia y utilidad nacional, contravención a la moral o buenas costumbres encuentran en la jurisprudencia una re-interpretación a la luz del estatuto de los derechos fundamentales, pero esta reconstrucción es caso a caso. Sólo se corrige una parte de las decisiones que adoptan los órganos administrativos, otro volumen de casos que desconocemos, no llega a los tribunales y por tanto la decisión no se corrige».

NUEVA NORMATIVA Y DERECHOS HUMANOS

A partir de que la migración se ha convertido en un asunto de máxima preocupación en la comunidad internacional, el informe sostiene que la existencia de un sistema universal de derechos humanos, en lo que a la migración se refiere, no implica la eliminación de la discrecionalidad por parte de los Estados en la configuración y desarrollo de sus políticas migratorias, «sino que la aparición de nuevos parámetros jurídicos, de origen internacional, que modelan la relación entre el Estado y los extranjeros que se encuentran en su territorio y bajo su jurisdicción; parámetros estos que, por tener en la dignidad humana su fundamento jurídico-axiológico, condicionan el poder de actuación del Estado al respeto y garantía de los derechos humanos».

«El Estado es soberano para definir los requisitos y condiciones de entrada, permanencia y salida de su territorio por parte de los extranjeros, y de establecer las respectivas sanciones que conlleva la infracción de algunos de esos requisitos legales predefinidos; pero ese poder sancionatorio no supone para los extranjeros la pérdida de derechos de otra naturaleza o fuente, ni autoriza el Estado a no protegerlos. El ejercicio de dichas facultades no lo exime de su obligación de cumplir con los instrumentos internacionales que le son aplicables por vía de la adecuación de la normativa interna a los tratados internacionales ratificados», se establece en el documento.

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En este sentido, el informe concluye que una nueva ley sobre migración «es urgente y necesaria», porque no avanzar en una respuesta, no implica que por esta vía se controle el flujo migratorio hacia el país. De acuerdo al estudio, sucede todo lo contrario, ya que contribuye a normalizar lo que no puede ser regla general: la irregularidad y la vulnerabilidad a ella asociada.

«Se trata de un asunto de gran trascendencia que requiere una respuesta contemporánea, reflexiva, integral. Que sea coherente con los compromisos que el país ha adquirido en el ámbito internacional, reconociendo en él, márgenes para la decisión soberana y también, como ocurre con los derechos humanos, límites. Esos límites se basan en un elemento fundamental para la paz y cohesión social, se trata del reconocimiento de la dignidad de la persona humana», afirma el trabajo de la Facultad de Derecho de la U. de Chile.

Puedes revisar el estudio completo en el siguiente enlace:

http://cdh.uchile.cl/media/publicaciones/pdf/111.pdf

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