Interponen querella contra Víctor Pérez por su omisión de denunciar delito de bloqueo de carreteras por camioneros

El abogado Luis Mariano Rendón interpuso una querella contra el ministro del Interior y Seguridad Pública, Víctor Pérez Varela, por su omisión de denunciar el delito de bloqueo de carreteras por camioneros

Por Leonardo Buitrago

29/08/2020

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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El abogado Luis Mariano Rendón Escobar interpuso ante el juzgado de Garantía de Santiago una querella contra el ministro del Interior y Seguridad Pública, Víctor Pérez Varela, por su omisión de denunciar el delito de bloqueo de carreteras perpetrado por los camioneros que participan en el paro nacional.

En la denuncia plantea que Pérez Varela es responsable del delito de omisión de denuncia, previsto en el artículo 177 del Código Procesal Penal, en relación con el artículo 175 del mismo Código y con el artículo 494 del Código Penal.

El abogado expuso que como es de público conocimiento, a partir de las 00.00 horas del jueves 27 de agosto, la organización denominada Confederación Nacional del Transporte de Carga convocó a un paro de sus integrantes, paro que incluyó corte de diversas carreteras del país.

«Este corte implicó la interrupción total de las vías en diversos puntos, mediante la interposición de vehículos de carga en ellas y mediante amenazas a conductores que no adherían al paro para que detuvieran también su marcha», planteó.

Indicó que dichas conductas configuran el delito tipificado en el artículo 268 septíes del Código Penal que señala:

«El que, sin estar autorizado, interrumpiere completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, mediante violencia o intimidación en las personas o la instalación de obstáculos levantados en la misma con objetos diversos, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo. Idéntica pena se impondrá a los que, sin mediar accidente o desperfecto mecánico, interpusieren sus vehículos en la vía, en términos tales de hacer imposible la circulación de otros por esta”.

También señaló que al realizarse y mantenerse estas obstrucciones de las vías durante la vigencia del toque de queda y al implicar contacto cercano de los involucrados entre ellos y con los otros conductores a los que amenazaban, se cometió el delito tipificado en el artículo 318 del Código Penal, que establece:

“El que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio o multa de seis a doscientas unidades tributarias mensuales”.

Indicó que los cortes de ruta perpetrados por los camioneros hasta el día de hoy «no solo entorpecimiento en los traslados de personas y cargas, sino un atentado directo a la salud de las personas, encontrándose el país en estado de excepción constitucional por la pandemia que lo afecta».

«La situación de violación del ordenamiento jurídico del país ha sido tan evidente, que el día viernes 28 durante horas de la tarde, el Fiscal Nacional del Ministerio Público, Jorge Abbott, anunció públicamente que había instruido a fiscales de 8 regiones del país para que abrieran de oficio investigaciones penales por obstrucción a la circulación de personas y vehículos», planteó Rendón en la querella.

Denunció que pese a estar en conocimiento desde la primera hora de los hechos ilícitos cometidos por los camioneros en paro y pese a ser su obligación fundamental la mantención del orden público, el ministro Pérez Varela «omitió presentar denuncia penal contra los responsables dentro del plazo de 24 horas que establece el artículo 176 del Código Procesal Penal, configurándose así la conducta tipificada objeto de esta querella».

El abogado recordó que en su comparecencia ante la prensa del día jueves 27, Pérez Varela reconoció que en un “90%” los camioneros habían cumplido el acuerdo de no interrumpir el tránsito. «Esta declaración, por supuesto condescendiente con los que entorpecían las rutas y muy alejada de la realidad según la información de prensa disponible, implica sin embargo reconocer que existieron al menos un 10% de situaciones de bloque total y siendo ello delito, el ministro del interior no presentó las denuncias a las que está obligado por ley», indicó.

«Es más, el querellado no solo omitió presentar denuncias, sino que emitió declaraciones dando facilidades a los que obstaculizaban las carreteras para continuar con sus actos ilícitos», argumentó Rendón.

Recordó que en conferencia de prensa ofrecida en la mañana del jueves 27, Pérez Varela señaló: “Hemos pedido que esta noche, y Carabineros así lo va a fiscalizar, que quienes se queden a la orilla de las carreteras estén al interior de sus camiones porque la voluntad del gobierno es el cumplimiento estricto de la legalidad”.

«Como es obvio, el toque de queda no faculta a nadie para mantenerse en la vía pública, aunque sea al interior de vehículos. El toque de queda obliga a las personas a mantenerse en sus domicilios», planteó en la querella.

El especialista en derecho precisó que el titular del Interior y Seguridad Pública, violó el artículo 177 del Código Penal, que establece:


“Incumplimiento de la obligación de denunciar. Las personas indicadas en el artículo 175 que omitieren hacer la denuncia que en él se prescribe incurrirán en la pena prevista en el artículo 494 del Código Penal, o en la señalada en disposiciones especiales, en lo que correspondiere”.

Rendón explicó que interpuso la querella, tomando en consideración que según el inciso 2° del artícuño 111 del CPP, cualquier persona capaz de comparecer en juicio podrá interponer querella, entre otros casos, cuando se trate de “…delitos cometidos por un funcionario público que afectaren derechos de las personas garantizados por la Constitución”.

Planteó que la pública omisión de denuncia por parte del ministro, que es el primer responsable de la mantención del orden público en el país,»ha incitado a los autores de los bloqueos a persistir en su conducta ilícita, estableciéndose una suerte de encubrimiento de la autoridad, lo que repugna al Estado de Derecho».

En su querella el abogado Luis Mariano Rendón solicita:

1)Se tome declaración al querellado sobre los hechos materia de esta querella.


2) Se ordené a Carabineros de Chile remitir copia de los informes enviados al Ministerio del Interior acerca de la movilización de camioneros durante los primeros dos días de su materialización.


3) Se ordene al Ministerio del Interior entregar copia de todos los informes recibidos de las policías o de otros organismos públicos durante los días 27 y 28 de agosto en relación a la paralización de camioneros.

«Solicito a SS. dar curso a la querella interpuesta y remitirla al Ministerio Público para que inicie la investigación correspondiente, disponga la formalización del querellado y practique las diligencias solicitadas, a fin de proceder a su posterior enjuiciamiento y condena y de todos los otros que resulten responsables del delito materia de este libelo», indicó.

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