Iquique: Tribunal condenó a sujetos por facilitar ingreso de mujeres para ejercer la prostitución, pero quedaron todos libres

Grupo fue procesado por el delito consumado y reiterado de facilitación de la entrada al país de personas para que ejerzan la prostitución, ilícitos perpetrados entre junio de 2018 y agosto de 2019.

Por Absalón Opazo

07/08/2021

Publicado en

Chile / Género / Justicia y DD.HH

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó este viernes 6 de agosto a Virginia Mary Ururi Yábar, Jesús Enrique Mallma Martínez, José Lino Antonio Contreras Torrealba y Rubén Alejandro Quispe Moscoso a 3 años y un día de presidio, como autores del delito «consumado y reiterado de facilitación de la entrada al país de personas para que ejerzan la prostitución en el territorio nacional», ilícitos perpetrados entre junio de 2018 y agosto de 2019.

En fallo unánime (causa rol 365-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Moisés Pino Pino (presidente), Felipe Ortiz de Zárate Fernández y Arturo Fernández Vargas (redactor)– aplicó, además, a Ururi Yábar, Mallma Martínez, Contreras Torrealba y Quispe Moscoso las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, más el pago de una multa a beneficio fiscal de 20 UTM cada uno.

En tanto, los acusados Pablo Meca Chapiama y Rosario Sorayda Mallma Martínez fueron condenados a 541 días de reclusión, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa a beneficio fiscal equivalente a 20 UTM cada uno, como autores de un delito de facilitación de la entrada al país de personas para que ejerzan la prostitución en el territorio nacional, cometidos el 27 de enero de 2019 y el 28 de mayo de 2019, respectivamente.

Además, Pablo Meca Chapiama fue condenado a 541 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de tenencia ilegal de municiones,  descubierto el 2 de agosto de 2019, pena corporal que se tendrá por cumplida por el mayor tiempo que ha estado sujeto a la medida de prisión preventiva.

Todos libres

Sin embargo, por cumplir los «requisitos legales», el tribunal sustituyó la pena privativa de libertad impuesta a los sentenciados Rubén Quispe Moscoso y Pablo Meca Chapiama por la expulsión del territorio nacional, quedando impedidos de regresar a Chile por 10 años.

Asimismo, el tribunal ordenó la sustitución de la medida de prisión preventiva que aqueja a los condenados Rosario Mallma Martínez, José Contreras Torrealba, Jesús Mallma Martínez y Virginia Ururi Yábar, modificándose por la cautelar de arraigo nacional, la cual se mantendrá vigente hasta que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada.

Finalmente, el fallo añade que «atendido el tiempo que Rosario Mallma Martínez ha estado sujeta a la medida de cautelar de prisión preventiva, se tendrá por cumplida la totalidad de la pena corporal impuesta en el considerando resolutivo II (…) ordenándose en consecuencia su libertad inmediata», mientras que en el caso de Ururi Yábar, Jesús Mallma Martínez y Contreras Torrealba, el tribunal les otorgó el beneficio de la libertad vigilada intensiva por el término de 3 años y un día.

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