Críticas en Chile y desde organismos internacionales a su aplicación

La Ley Antiterrorista que quiere Piñera

La madrugada del pasado 16 de abril, 16 vehículos aparecieron quemados en Vilcún

Por paulwalder

22/04/2018

0 0


La madrugada del pasado 16 de abril, 16 vehículos aparecieron quemados en Vilcún. El hecho sirvió para que el ministro del Interior, Andrés Chadwick, pidiera al Congreso que “puedan respaldarnos, que podamos aprobar las modificaciones que hemos enviado a la Ley Antiterrorista». «Necesitamos tener mejores herramientas y más eficaces para combatir el terrorismo”, dijo. En febrero, en tres incidentes diferentes, 30 vehículos fueron también incendiados en las regiones del Bío Bío y La Araucanía.

La Intendencia de La Araucanía presentó una querella por “arrojar artefactos explosivos y disparar armas, ilícito previsto en el artículo 2 n° 4 de la Ley 18.314, que determina conductas terroristas”. Se trata de la segunda invocación de la Ley Antiterrorista por parte del gobierno de Sebastián Piñera; la primera fue por ataques incendiarios ocurridos en las comunas de Vilcún y Lautaro. Para el Intendente de La Araucanía, Luis Mayol, “es un incendio terrorista, no es un delito común… Este es un hecho premeditado, estudiado, intimidaron al cuidador, le dispararon”.

El sábado de la semana pasada el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco desestimó el delito terrorista en la quema de una iglesia evangélica en Padre Las Casas, ocurrida el 9 de junio de 2016, conocido como «Caso Iglesia», y condenó solo a dos de los cuatro acusados. El fallo dio pie a que el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, señalara la «urgencia» de hacer cambios a la Ley Antiterrorista. “Es un buen ejemplo de la necesidad de modificarla. Lo mismo dijo el fiscal (Cristián) Paredes, que era necesario objetivar las circunstancias que tipifican el delito terrorista”, señaló al programa Estado Nacional de TVN.

Es el escenario perfecto para el proyecto de Ley Antiterrorista firmado por Sebastián Piñera el 23 de marzo y que hoy está con urgencia simple en el Congreso.

Al firmar la indicación, el mandatario señaló que se pretende «aprobar una nueva definición del tipo penal del terrorismo, que permita evitar los problemas de subjetividad y facilitar una interpretación objetiva de la prueba de los hechos o de las conductas de dicho delito por parte de la Fiscalía y por nuestros tribunales”.

El texto incluye la figura de “agentes encubiertos y cooperadores”, “testigos protegidos”, “entregas vigiladas” y amplía la acción de la ley a “actos para desestabilizar el orden institucional democrático”. También contempla modificaciones relativas a los “delitos terroristas”, cambios en procedimientos y reglas para protección de testigos, peritos, y la norma especial de competencia.

De esta manera, se propone ir más allá de lo establecido en la actual ley.

Precisa la indicación ingresada por Sebastián Piñera que “junto con ampliar las circunstancias que permiten calificar un delito como terrorista y extender el catálogo de delitos susceptibles de dicha calificación -por ejemplo a delitos cibernéticos-, se deben establecer tipos penales que sancionen determinadas conductas a título de terrorismo cuando se utilicen medios catastróficos; es decir, aquellos que por su alto poder destructivo pueden cobrar la vida o afectar la integridad física de un número indeterminado de personas”.

«Error político y camino fracasado»

En este sentido, el senador Francisco Huenchumilla (DC) calificó negativamente las indicaciones anunciadas por el presidente Sebastián Piñera. “Es un error político volver a insistir en un camino recorrido y fracasado”, declaró.

“Creo en el debate racional de las ideas y que efectivamente uno puede conversar sobre si es necesario modernizar esta legislación con los estándares internacionales, pero aquí no sucedió eso. El Gobierno vino a La Araucanía con el garrote, no vino a dialogar. No puede un gobierno llamar a una gran política de acuerdos respecto a cinco grandes temas, entre los cuales está el conflicto La Araucanía, y a la semana siguiente llegar acá con un proyecto bastante discutible. Yo tengo un diagnóstico de que este es un problema político. La respuesta al problema político es la Ley Antiterrorista. ¿Qué hicieron todos los gobiernos de los últimos 20 años? Lo mismo. ¿Cuál es el resultado? Cero. Yo creo que esa receta fracasó”, sostuvo Huenchumilla.

“No se puede debutar en materias políticas anunciando el reforzamiento de esta ley en La Araucanía, porque sin dudas eso implica un sesgo respecto del pueblo mapuche, y aparece como una medida represiva cuando hay que entender que este fenómeno es de carácter político, no terrorista, y de esa perspectiva no es una buena señal para la zona”, agregó.

«Chile abusa de la Ley Antiterrorista»

En febrero, un informe de Amnistía Internacional (AI) acusó al gobierno chileno y a la Fiscalía de “abusar en la aplicación de la Ley Antiterrorista” en el conflicto mapuche.

En el capítulo sobre Chile del informe La situación de los derechos humanos en el mundo 2017-2018, en el apartado Derechos de los pueblos indígenas, aborda el uso de la Ley Antiterrorista: “El Ministerio Público y el gobierno han seguido abusando de la Ley Antiterrorista para procesar a mapuches sin cumplir las debidas garantías procesales”, se señala.

También menciona que “en 2014 la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró -en el caso Norín Catrimán y otros- que aplicaciones similares de la Ley Antiterrorista contra activistas mapuches violaban la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

El texto que presentó Sebastián Piñera incluirá modificaciones que solo buscan “ampliar” su utilización, incluso incluyendo la “conducta terrorista individual” –juzgar como delitos terroristas aquellos realizados por individuos que no pertenezcan a una organización determinada-, y la catalogación de terrorista de los “atentados a vehículos de transporte o de carga”, lo que no era contemplado en la ley impuesta por la dictadura militar.

La Ley Antiterrorista -ley 18.314-, fue aprobada por la Junta Militar en 1984, con el objetivo de “sancionar las conductas terroristas” que, para ser tipificadas de ese modo, debían cumplir con una serie de condiciones: finalidad de producir en la población o en una parte de ella temor justificado de ser víctima de ese tipo de delitos, mediante artificios explosivos o incendiarios, armas de gran poder destructivo, medios tóxicos, corrosivos o infecciosos u otros que pudieren ocasionar grandes estragos, o mediante el envío de cartas, paquetes u objetos similares, de efectos explosivos o tóxicos, o que el delito sea cometido para arrancar resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias, entre otras.

La ley ya fue reformada en 2011, pero aún no se apega al debido proceso y a los estánderes internacionales, permitiendo el uso de “testigos sin rostro”, restringiendo el acceso a medidas cautelares y extendiendo los períodos de prisión preventiva y también las condenas.

Según el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), la Ley Antiterrorista es un fracaso, porque no logra condenas, y en casi el 90 por ciento de los casos, quienes son personas acusadas por dicha normativa, si bien no llegan a ser comprobados los delitos imputados, se permite tenerlos bajo investigaciones con normas especiales y que generan largas permanencias en prisión preventiva para terminar en absoluciones o en condenas recalificadas a delitos comunes.

El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas señaló en el Sexto Informe Periódico de Chile, del 13 de agosto de 2014, que «el Estado parte debe reformar la Ley Antiterrorista y adoptar una definición clara y precisa de los delitos de terrorismo para asegurar que las actividades que realizan los agentes del orden en el marco de la lucha contra el terrorismo no estén dirigidas a determinadas personas por su origen étnico o cualquier motivo social o cultural». Junto con ello, se invita a Chile a «asegurar que las garantías procesales, contenidas en el artículo 14 del Pacto, sean respetadas». «El Comité insta al Estado parte a abstenerse de aplicar la Ley Antiterrorista en contra de los mapuches”, concluye la ONU.

Dicha recomendación no fue cumplida por Chile.

Síguenos y suscríbete a nuestras publicaciones