Requerimiento fue presentado por la Fiscalía Nacional Económica hace dos años

Millonaria multa para laboratorios coludidos en licitaciones de Cenabast

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió este viernes el requerimiento por colusión presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) hace dos años contra tres laboratorios acusados de coludirse para afectar licitaciones de medicamentes inyectables

Por Absalón Opazo

09/11/2018

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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió este viernes el requerimiento por colusión presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) hace dos años contra tres laboratorios acusados de coludirse para afectar licitaciones de medicamentes inyectables.

La FNE denunció a Biosano, Fresenius Kabi Chile y su filial Sanderson, en agosto de 2016, por formar y mantener un cartel para afectar las licitaciones convocadas por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) para adquirir ampollas de medicamentos.

De esta manera, en una resolución unánime, el TDLC impuso una multa de 30 mil Unidades Tributarias Anuales (equivalentes a 25,6 millones de dólares) al laboratorio Sanderson, y de 2.463 UTA, alrededor de 2,1 millones de dólares, a Fresenius Kabi Chile. En el caso del laboratorio Biosano, el Tribunal lo eximió de multa debido a que se acogió al programa de delación compensada.

En la sentencia, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia afirma que las pruebas acreditaron que los tres laboratorios «acordaron afectar procesos de licitación convocados por Cenabast para la provisión de inyectables de menor volumen, desde a lo menos el año 1999 a febrero de 2013», es decir, «por al menos 14 años sobre productos de vital importancia para el sistema público de salud».

Para el jefe (s) de la FNE, Mario Ybar, «es inaceptable que las empresas se coludan y es aún más reprochable que lo hagan afectando al Estado en licitaciones públicas, sobre todo si se trata de medicamentos, como en este caso. Esperamos que una sentencia tan clara como la que ha dictado el Tribunal ayude a que situaciones como ésta vayan desapareciendo de nuestros mercados», manifestó.

El fallo impone, además, a Sanderson y a Fresenius la obligación de adoptar durante cinco años un programa de cumplimiento en materia de libre competencia acorde a la «Guía de Programas de Cumplimiento de la Normativa de Libre Competencia», elaborada por la FNE.

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