Ministro Jaime Arancibia procesa a tres carabineros (r) por detención ilegal, secuestro con grave daño y aplicación de tormentos

Ilícitos fueron perpetrados en las localidades de Cabildo, La Ligua y San Felipe, a partir del 17 de septiembre de 1973.

Por Absalón Opazo

15/10/2020

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones de los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia, sometió a proceso a tres funcionarios de Carabineros en retiro, por su responsabilidad en los delitos de detención ilegal, secuestro con grave daño y aplicación de tormentos a Manuel Antonio Silva Páez.

En la resolución, el ministro Arancibia Pinto sometió a proceso a Óscar Orlando Godoy, Arturo Pinilla Gallegos y José Agustín Garrido Donaire, como autores de los mencionados delitos, perpetrados en las localidades de Cabildo, La Ligua y San Felipe, a partir del 17 de septiembre de 1973.

Con los antecedentes recopilados durante la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita logró establecer los siguientes hechos:

«Que el día 17 de septiembre de 1973, en circunstancias que la víctima Manuel Antonio Silva Páez se encontraba en su lugar de trabajo el asentamiento Los Molinos ubicado en la localidad de Cabildo, fue detenido junto a otros trabajadores por funcionarios de Carabineros de Chile, siendo trasladados a una bodega perteneciente al asentamiento, lugar en que fue interrogado con golpes de culata de un arma en su cabeza, le preguntaban sobre las armas.

Posteriormente fue trasladado a la Tenencia de Cabildo y enseguida a la Comisaría de la Ligua, permaneciendo en este último sitio junto a sus compañeros por toda la noche, sometidos a interrogatorios reiterados por los carabineros con golpes de pies, puños, con una luma y culatazos en el rostro.

En horas de la mañana fueron trasladados a la Comisaría de San Felipe siendo en ese lugar nuevamente maltratado, obteniendo luego su libertad. A consecuencia, las secuelas presentadas por la víctima Manuel Silva Páez de acuerdo al Protocolo de Estambul de fs. 138, que en sus conclusiones señala: discapacidades agudas relacionadas a los golpes con objetos firmes y golpes de pies; la discapacidad y síntomas agudos relacionados con la aplicación de corriente; la presencia de una cicatriz en su cuero cabelludo. De esta manera se configuran los delitos de: Detención ilegal, Secuestro con Grave Daño y Aplicación de Tormentos».

El dictamen agrega que «teniendo presente la situación sanitaria del país con ocasión del Covid 19, y siendo los procesados personas de la tercera edad, manténganse éstos detenidos en sus respectivos domicilios, bajo custodia de Carabineros de su sector, en tanto se aprueba la resolución que les concederá la libertad provisional y que será dictada a continuación en trámite de consulta ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso».

Ver resolución (PDF)

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