Municipio de Quilicura aprobó ordenanza contra el acoso callejero: Multas alcanzan los 278 mil pesos

Las conductas estipuladas como prohibidas en la norma son los comentarios e insinuaciones sexuales, gestos y sonidos obscenos, fotografías y grabaciones hechas sin consentimiento, el contacto físico indebido y sin consentimiento, la persecución y el arrinconamiento.

Por Absalón Opazo

01/04/2022

Publicado en

Chile / Género / Justicia y DD.HH / Portada

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Esta semana, el Concejo Municipal de Quilicura aprobó por unanimidad una ordenanza contra el acoso callejero, la cual contempla multas que van de 1 a 5 UTM (entre 55 mil y 278 mil pesos) dependiendo el tipo de infracción. 

Las conductas estipuladas como prohibidas en la norma son comentarios e insinuaciones sexuales, gestos y sonidos obscenos, fotografías y grabaciones hechas sin consentimiento, el contacto físico indebido y sin consentimiento, la persecución o arrinconamiento.

Además, se prohibió «la masturbación y/o el exhibicionismo, toda expresión verbal o física que signifique agraviar, denostar o humillar a una persona, y todos los actos que afecten la honra y dignidad». 

Respecto a las denuncias, desde el municipio indicaron que estas deben ser realizadas ante el Juzgado de Policía Local, y se deberá individualizar al denunciante y tener una «narración circunstanciada de los hechos, es decir, contar en lo posible con la identificación del acusado o con una descripción física y presentar testigos en caso de que los hubiera».

La fiscalización estará a cargo de las y los inspectores de la Dirección de Seguridad Pública y Comunitaria, y la Dirección de Inspección Municipal, además de Carabineros. En tanto, será el Juzgado de Policía Local quien aplicará la multa. 

Un punto importante de la ordenanza es que, en caso de que un infractor preste servicios a empresas con un contrato vigente con la municipalidad, o sea funcionario/a, la denuncia podrá realizarse mediante un escrito a la alcaldía para que se tomen las medidas correspondientes.

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