Ex coronel de Ejército había pedido indulto a Bachelet

Murió el criminal René Cardemil, recluido en Punta Peuco por acribillar a seis personas en el túnel Lo Prado

Las víctimas de este macabro crimen, ocurrido en 1973, habían sido detenidas mientras dormían en sus departamentos en la torre 12 de la Remodelación San Borja, tras una delación telefónica de una vecina. Entre los asesinados había un funcionario del Fondo Monetario Internacional, un militante del Partido Nacional, y un matrimonio de turistas argentinos.

Por Absalón Opazo

07/04/2018

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En la madrugada de este sábado falleció en el Hospital Militar el criminal René Cardemil Figueroa, ex coronel del Ejército de Chile, que cumplía una condena de 10 años de prisión en Punta Peuco por acribillar a seis personas en el sector del túnel Lo Prado, en 1973.

Cardemil murió a las 5:30 horas de este sábado en el Hospital Militar, debido a un cáncer prostático con metástasis, enfermedad que lo llevó, en el año 2016, a solicitar el indulto presidencial a la presidenta Michelle Bachelet, lo cual le fue negado ya que un informe del Servicio Médico Legal estableció que las condiciones de salud del reo le permitían seguir cumpliendo su condena.

La condena contra René Cardemil fue confirmada en marzo del año 2013 por la Corte de Apelaciones de Santiago, tras una investigación que estableció su responsabilidad en el homicidio de seis personas en el sector del túnel Lo Prado, cometido el 17 de octubre de 1973, luego de haberlos detenido en la torre 12 de la Remodelación San Borja.

Según consigna un artículo publicado por el diario La Nación en ese entonces, la detención de estas personas -que no se conocían entre sí, salvo un matrimonio-, se produjo tras una delación efectuada telefónicamente por una vecina de la torre, al parecer “por equivocación”.

La sentencia indica que las víctimas fueron detenidas mientras dormían en sus departamentos, el 16 de octubre de 1973, por miembros de la Escuela de Suboficiales del Ejército, quienes las condujeron al recinto de detención habilitado en la Casa de la Cultura de Barrancas, actual comuna de Pudahuel.

Al otro día, el 17 de octubre de 1973, las seis personas fueron sacadas de ese lugar y llevadas a los alrededores del túnel Lo Prado, donde se les ordenó a cada uno que huyera, siendo en ese momento acribillados todos por ráfagas de ametralladora.

Las víctimas fueron identificadas en ese momento como Ricardo Montecinos Slaughter (27 años), funcionario del Fondo Monetario Internacional (FMI); Carlos Adler Zulueta (25 años), turista argentino; Beatriz Elena Díaz Agüero (26 años), turista argentina, cónyuge del anterior; Víctor Garretón Romero (60 años), importador y militante del Partido Nacional; Jorge Salas Pararadisi (25 años), estudiante universitario; y Julio Saa Pizarro (35 años), cirujano dentista.

Por encontrarse entre las víctimas un funcionario del FMI, la Organización de Naciones Unidas (ONU) solicitó a la Dictadura los antecedentes de los homicidios, y el 2 de junio de 1976 determinó considerar que los hechos configuraban «graves violaciones al derecho a la vida», reconocido en el Artículo I de Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y recomendó a los militares establecer la autoría y sancionar a los responsables.

Asimismo, el padre del militante del Partido Nacional asesinado también protestó ante las autoridades de la época, obligando a la realización de un sumario interno en el Ejército donde se concluyó que el crimen había sido sólo «un error militar», por lo que la Junta de Gobierno expresó «su más sentido pésame».

Finalmente, el año 2013, cuarenta años después de ocurridos los hechos, en fallo unánime, los ministros de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos, Adelita Ravanales y Jenny Book (suplente), ratificaron en todas sus partes la sentencia del ministro en visita Jorge Zepeda Arancibia, quien el 6 de abril de 2011 ya había condenado a los ex efectivos de Ejército Gerardo Urrich González, Juan Ramón Fernández Berardi y René Cardemil Figueroa, a 10 años de presidio, sin beneficios.

Además, en el aspecto civil, se ratificó la condena al Fisco que ordenó pagar un indemnización de $ 100.000.000 a cada uno de los 9 familiares de las víctimas demandantes en esta causa.

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