¡No a la impunidad! Carabinero condenado a tres años de prisión por provocar trauma craneal en el estallido social cumplirá su pena en libertad

Orellana formaba parte de la 40º Comisaría de Fuerzas Especiales fue declarado culpable como autor del delito de homicidio frustrado, en un fallo unánime de primera instancia.

Por Ariadna Eljuri

03/07/2023

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Este fin de semana, el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago condenó al sargento primero de Carabineros, César Orellana a la pena de tres años y un día de presidio por haber disparado y provocado un trauma craneal a un manifestante durante el estallido social de 2019.

No obstante, el uniformado tendrá el beneficio de la libertad vigilada intensiva.

Orellana formaba parte de la 40º Comisaría de Fuerzas Especiales fue declarado culpable como autor del delito de homicidio frustrado, en un fallo unánime de primera instancia.

En el fallo, además, se le aplicó a Orellana Ortiz las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena; refiere portal web del Poder Judicial.

Los hechos – señala la sentencia – ocurrieron “(…) alrededor de las 19:04, realizó una arremetida contra un grupo de manifestantes, que provocó la huida de estos, quedando Vicente Hernández Silva en el lugar, momento en el cual Orellana Ortiz utilizando la escopeta en 90°, efectuó un disparo en forma directa contra un grupo de personas, impactando en el cráneo, cayendo al suelo, convulsionando y siendo trasladada por los manifestantes al Hospital de Urgencia Asistencia Pública con un trauma craneal, presentando hundimiento parietal izquierdo con contusión hemorrágica subyacente, fractura con hundimiento parieto occipital izquierdo, traumatismo encéfalo craneano complicado, por lo que se debió realizar esquirlectomía, evolucionando con afasia, requiriendo neurohabilitación, lesiones graves secundarias a trauma contuso, que hubieran resultado mortales de no mediar socorros médicos oportunos y eficaces».

Por otra parte, la mayoría del tribunal le reconoció la circunstancia atenuante de haber colaborado con el esclarecimiento de los hechos durante el estallido social

Sin embargo, la jueza María García consideró que la atenuante de colaboración no concurría debido a que no bastaba con que haya prestado declaración ante el tribunal, pues también ofreció declaraciones que fueron desacreditadas durante la investigación y también en el juicio.

«Más allá de situarse en el sitio del suceso el día y a la hora en los hechos, en lo medular y lo que era relevante desentrañar, dio una versión no ajustada a lo que se acreditó que sucedió, al indicar que su intención fue disparar hacia arriba en 45 grados, pero que, por la irregularidad del terreno, este disparo salió en forma directa a las personas, porque además habría recibido una piedra en los testículos. Sin embrago, dicho tropezón jamás sucedió, tal como se pudo apreciar de la prueba aportada y si hubo una lesión, la cual, por lo demás, también dijo fue provocada cuando se retiraba del lugar, ello no fue acreditado», resalta la nota oficial del Poder Judicial.

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