La Red de Observadoras en Justicia y Memoria denunció la implementación, por parte del Ministerio de Justicia, de una estrategia pensada para liberar anticipadamente a condenados por violaciones a los Derechos Humanos: no presentarse y no intervenir en las causas sobre esta materia.
Desde la agrupación explicaron que «hasta marzo de 2026, los abogados del Programa de Derechos Humanos intervenían en las audiencias en que exagentes de la dictadura civil militar piden libertad o rebaja de pena».
Pero, «entre el 11 de marzo, cuando asumió el gobierno de José Antonio Kast, y octubre de este año, el Programa dejó de alegar en la mayoría de ellas».
La agrupación revela que «entre marzo y octubre de este año, las Cortes de Apelaciones realizaron 29 audiencias para revisar solicitudes de libertad o rebaja de pena de condenados por crímenes de lesa humanidad. En éstas, el Programa, órgano a cargo de implementar el Plan Nacional de Búsqueda, no se presentó a alegar o se desistió formalmente de las acciones que había interpuesto».
¿El resultado? La liberación inmediata de 5 criminales de lesa humanidad (distintos a la rebaja de condena) y en otros 2 casos, se acumularon sus penas, por lo que también podrán salir de manera anticipada.
Para Paulina Zamorano, exjefa del Programa de DDHH y actual integrante de la Red de Observadoras en Justicia y Memoria, «la liberación anticipada de criminales de lesa humanidad no es un beneficio carcelario común; es una estrategia de impunidad».
«Al otorgar estas libertades, mediante decreto o la prohibición del Programa de DDHH a intervenir en estos casos, el Estado de Chile está dando la espalda a las víctimas y vulnerando abiertamente los tratados internacionales sobre derechos humanos», aseguró la observadora.
Represores buscando beneficios
Magdalena Garces, abogada querellante, detalló que «hasta la fecha hemos registrado más de 40 recursos en tribunales de primera instancia, y más de 40 recursos de amparo y protección interpuestos ante las Cortes de nuestro país, por los cuales las defensas de los condenados están solicitando diferentes vías para acceder a beneficios o formas de no cumplir la pena privados de libertad».
La jurista enfatizó que «nos parece grave que en esta gran cantidad de acciones ante las Cortes de Apelaciones del país, el Programa de Derechos Humanos no se esté presentando a alegar, no esté defendiendo la debida ejecución de las penas que fueron interpuestas por graves violaciones a DDHH, después de tantos años de lucha por la justicia de los familiares de las víctimas, y que nuevamente corresponda a ellos y sus representantes hacerse cargo de la tarea de obtener justicia».
«El cumplimiento de las penas es una obligación del Estado de Chile respecto de aquellos que fueron condenados por los más graves crímenes conocidos en nuestra historia», sostuvo la profesional.
En este punto, dijo que «nos parece especialmente grave el caso de Jaime Muller Aviles, que fue condenado como encubridor de los homicidios calificados de las 18 víctimas de Mulchén, por su participación en lo que se llamó ‘operación retiro de televisores’, por la cual fueron exhumadas las víctimas y posteriormente los cuerpos hechos nuevamente desaparecer».
«Él está en estos momentos en libertad vigilada intensiva, es decir, después de haber sido condenado a una pena bastante mínima para la gravedad de los hechos, 5 años y un día, él salió previamente en libertad vigilada y ahora está en libertad», indicó la abogada Magdalena Garcés.
No se está cumpliendo el protocolo del Programa de DDHH
Desde la Red de Observadoras en Justicia y Memoria señalaron que según el protocolo de actuación del Programa de Derechos Humanos, «las y los abogados de la institución tienen la obligación estricta de intervenir en audiencias para oponerse firmemente a los beneficios carcelarios o libertades» cuando en el condenado se evidencien algunas condiciones.
Estas condiciones son: «Que haya recibido una pena no proporcional al crimen cometido (debido a la aplicación de la prescripción gradual); que no haya colaborado de manera efectiva con la justicia; que se encuentre condenado o procesado en más de una causa judicial; y que su liberación genere un impacto negativo para las víctimas, sus familiares y la sociedad en su conjunto».
Las Observadoras indican que en todos los casos donde el Programa de DDHH no intervino (29 audiencias), los condenados cumplían los requisitos de exclusión: «Ninguno colaboró jamás con la justicia, todos sumaban numerosas condenas en distintos procesos judiciales y cada una de sus posibles liberaciones causaba un profundo impacto en las víctimas».
«Esta ausencia institucional representa una de las medidas concretas mediante las cuales el Estado de Chile incumple su obligación internacional de garantizar los derechos reconocidos por la Convención Americana de Derechos Humanos», denunciaron desde la Red.








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