Ordenan reingreso a prisión preventiva a patrulla militar que torturó, golpeó y roció con parafina a 5 jóvenes mapuche en Collipulli

El 13 de octubre de 2020 la patrulla detuvo a cinco jóvenes, a quienes golpearon y maniataron con amarras plásticas, para posteriormente, llevarlos hasta un predio forestal, donde les rociaron un líquido que simulaba ser acelerante.

Por Leonardo Buitrago

13/09/2021

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La Corte de Apelaciones de Temuco ordenó la prisión preventiva contra los nueve miembros de la patrulla militar, acusada de simular un fusilamiento contra cinco jóvenes mapuches en octubre del año pasado, en el sector Los Pinos de la comuna de Collipulli.

Esta decisión revoca el fallo del Juzgado de Garantía de Collipulli, que había dispuesto otras medidas cautelares a los uniformados formalizados por el delito de torturas.

En fallo unánime (causa rol 836-2021), la Tercera Sala de del tribunal de alzada revocó la resolución de primera instancia, dictada el  2 de septiembre por el Juzgado de Garantía de Collipulli, que decretó el arraigo nacional, la prohibición de acercarse a las víctimas y la firma mensual de los militares, tras establecer que “habiendo analizado los antecedentes (…), no son, por ahora, suficientes para innovar en la medida cautelar decretada en su oportunidad, por cuanto no han variado las circunstancias tenidas en consideración al momento de decretar la medida cautelar de prisión preventiva en contra de los imputados, teniendo presente, además, la entidad de los delitos por los cuales se ha formalizado, la pena probable en el caso de ser condenados y la calidad que ostentaban los imputados”, consigna la resolución.

Por tanto, se resuelve que: “SE REVOCA la resolución apelada de fecha dos de septiembre de dos mil veintiuno, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva, resolviéndose en su lugar que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados J.A.S.C., E.A.G.F., S.O.S.S., M.A.V.Q., R.D.L.L., C.E.M.H., D.E.V.N., H.M.P.P. y J.C.S.D.”.

Según el ente persecutor, el hecho se registró  en horas de noche del 13 de octubre de 2020, cuando los jóvenes mapuches – dos mujeres y tres hombres –  fueron abordados por la patrulla del Ejércitos, a cargo del teniente J.A.S.C., e integrada por los efectivos del Ejército: E.A.G.F., S.O.S.S., H.M.P.P., A.N.T.C., M.A.V.Q., J.C.S.D., R.D.L.L., C.E.M.H. y D.E.V.N., quienes se movilizaban en un camión militar en horario de toque de queda.

Posteriormente, los militares obligaron a las víctimas a subir al camión castrense, ordenándoles a viva voz tenderse boca abajo, cargando con los pies los cuerpos de los jóvenes, a quienes trasladaron hasta un predio forestal, ubicado en un sector despoblado distante a 2,5 kilómetros, donde les ordenaron descender del camión y lanzarse al suelo. Posición en la cual los rociaron con un líquido, presumiblemente un acelerante, señalando uno de los soldados: “hay que quemarlos”.

Finalmente, estando las víctimas de espalda y maniatadas, los militares realizaron un simulacro de fusilamiento, procediendo a “pasar bala” para, finalmente, cortar las amarras plásticas de las muñecas de los jóvenes mapuches, ordenándoles no mirarlos o, de lo contrario, los matarían; en tanto, uno de los soldados les quitó los teléfonos celulares, aparatos con los que procedieron a retirarse del predio en el vehículo militar dejando abandonadas a las víctimas, tres de las cuales, los varones, resultaron con múltiples lesiones.

El director regional del INDH, Federico Aguirre, dijo que la decisión de la Corte de Apelaciones garantiza el acceso a la justicia de las víctimas.

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