Ley que regula este ámbito en nuestro país es de 1993

PDI advierte: Ciberataques y delitos informáticos «serán más frecuentes en el futuro»

El comisario de la Brigada del Cibercrimen Metropolitana de la PDI, Danic Maldonado, advirtió en una entrevista con radio Cooperativa que los ciberataques y los robos informáticos, como el que afectó al Banco de Chile en mayo pasado, «serán mucho más frecuentes en el futuro»

Por Absalón Opazo

15/06/2018

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El comisario de la Brigada del Cibercrimen Metropolitana de la PDI, Danic Maldonado, advirtió en una entrevista con radio Cooperativa que los ciberataques y los robos informáticos, como el que afectó al Banco de Chile en mayo pasado, «serán mucho más frecuentes en el futuro».

Tras el ataque a dicha entidad, que tuvo como fin generar distracción y así poder sustraer 10 millones de dólares, Maldonado indicó que hay que «adelantarnos o mitigar o generar contramedidas frente a este tipo de ataques que, por lo demás, de seguro van a ser mucho más frecuentes de aquí en el futuro».

Para ello, el detective detalló que se requiere «la definición de tipos penales que estén modernos, porque la ley de delitos informáticos es del año 1993 y, desde esa fecha, no ha sufrido ningún tipo de modificación. Por lo tanto, se requiere actualizar, y Chile justo está en un punto muy importante, porque adhirió al Acuerdo de Budapest y dentro de los objetivos que tiene este convenio es elevar los estándares de nuestra normativa legal, ya que, sin duda, estamos al debe en ese sentido».

«Los ataques, en general, son de manera global y Chile tiene muy buena conectividad en materia de acceso a Internet, cerca del 80 por ciento de las personas del país están, de alguna manera, conectada a la red y también somos consumidores de muchísima tecnología. Eso nos deja en un escenario también de ser posibles víctimas, como ya lo hemos vivido en el último tiempo», añadió Maldonado.

Finalmente, el comisario afirmó que es necesario «tipificar algunas acciones que son constituyente de delito que hoy no se encuentran establecidas en nuestra legislación, por ejemplo, el fraude electrónico, y básicamente todas aquellas transacciones no autorizadas generadas por terceros o que son de manera fraudulenta. Son tipificadas por el delito de estafa, sin embargo, debiese ser tipificada por el de fraude electrónico».

«Tampoco existe la obligatoriedad de que las empresas informen respecto de estos incidentes de seguridad de manera inmediata cuando estos ocurren», concluyó el policía.

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