Pleno de la Convención aprobó atribuciones de la Cámara de las Regiones que reemplazará al Senado

Con esto, se definió la conformación del Poder Legislativo en la nueva Carta Magna que deberá ser ratificada en el plebiscito del próximo 4 de septiembre.

Por Absalón Opazo

06/05/2022

Publicado en

Chile / Congreso / Política / Portada

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Este viernes, el Pleno de la Convención Constitucional definió la conformación del Poder Legislativo en la nueva Carta Magna que deberá ser ratificada en el plebiscito del próximo 4 de septiembre. Así, serán la Cámara de Diputadas y Diputados, junto a la Cámara de las Regiones, las encargadas de la función legislativa, desapareciendo definitivamente el Senado.

En específico, el artículo establece que “el poder legislativo se compone del Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones”. Respecto al primero, se señala que “es un órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representa al pueblo. Concurre a la formación de leyes y ejerce las demás facultades encomendadas por la Constitución”.

Asimismo, se indica que “estará integrado por un número no inferior a 155 miembros electos en votación directa por distritos electorales”, siendo una ley de acuerdo regional la que determine la cantidad de integrantes, distritos y forma de la elección, con criterio de proporcionalidad.

En tanto, sobre la Cámara de las Regiones se estableció que sus miembros “serán electos a través de votación popular junto a las autoridades comunales y regionales tres años después de la elección presidencial y del Congreso”, siendo la ley quien determinará el número de representantes regionales a ser elegidas y elegidos por región, el que deberá ser el mismo para cada una.

Además, la misma ley especificará sus derechos y obligaciones especiales, las que deberán incluir la obligación de rendir cuenta periódicamente ante la Asamblea Regional que representa.

Posteriormente, se aprobó el artículo que especifica las Leyes de Acuerdo Regional, a las cuales concurrirá con su labor legislativa la Cámara de las Regiones.

Leyes de Acuerdo Regional.-

En ese sentido, una de las distinciones realizadas tiene que ver con la facultad de fiscalización de los actos del Gobierno y de las entidades que dependan de él, la cual solo estará radicada en el Congreso de Diputadas y Diputados.

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