Querellantes presentan recursos de casación para invalidar polémico fallo en caso Colombo

"Esto es inaceptable en un país que todavía tiene a más de mil chilenos en condición de detenidos desaparecidos", manifestó el abogado Nelson Caucoto.

Por Absalón Opazo

18/12/2020

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada

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Los abogados Nelson Caucoto y Pablo Fuenzalida presentaron una acción judicial para invalidar la polémica sentencia de segunda instancia que rebajó penas, absolvió a 61 agentes de la DINA y dejó en libertad a otros 42 que fueron condenados en el proceso denominado Operación Colombo, en el cual se investigan los secuestros calificados de 16 militantes de izquierda, ejecutados por agentes de la DINA, entre 1974 y 1975.

Se trata de sendos recursos de casación, en la forma y en el fondo, que fueron presentados por los abogados querellantes, en contra de la sentencia definitiva de segunda instancia, dictada el 27 de noviembre pasado, por la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Recordemos que la Sala rebajó penas, absolvió a 61 agentes y resolvió que de los 42 condenados ninguno irá a la cárcel en el episodio conocido como «Operación Colombo», proceso que investiga los secuestros calificados de 16 militantes de izquierda, mayoritariamente del MIR, ejecutados por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), ocurridos entre el 17 de junio de 1974 y 6 de enero de 1975.

De esta manera, la acción judicial busca que se invalide la sentencia de la Octava Sala y que sea la Corte Suprema, a través de su Segunda Sala Penal, quien resuelva finalmente en este caso.   

Para ello, los abogados centraron sus fundamentos en dos aspectos centrales: por un lado, hacen un cuestionamiento a la aplicación de la media prescripción, y por el otro, a la aplicación de la atenuante de irreprochable conducta anterior que provocó la rebaja de penas de todos los condenados e impidió que los agentes vayan a la cárcel, beneficiando entre otros a los ex jefes de la DINA César Manríquez, Pedro Espinoza, Miguel Krasnoff y Raúl Iturriaga Neumann, sujetos que están involucrados y han sido condenados en numerosos procesos judiciales relativos a crímenes de lesa humanidad.  

Respecto a la polémica aplicación de la media prescripción, Caucoto y Fuenzalida argumentan en su escrito de 181 páginas, que esta es la norma que desestabiliza todo el régimen de penas aplicados por el ministro Hernán Crisosto en su fallo de primera instancia.

Del mismo modo, sostienen que esta normativa nacional está en contradicción profunda con el derecho internacional de los derechos humanos al cual Chile está adscrito.

Cabe destacar que la media prescripción se ha ido constituyendo en una puerta abierta a la impunidad, tanto que, solo un tercio de los condenados por los tribunales chilenos va a la cárcel, los restantes cumplen condenas en sus casas.

«Esto es inaceptable en un país que todavía tiene a más de mil chilenos en condición de detenidos desaparecidos», manifestó el abogado Nelson Caucoto.

En este sentido Caucoto se mostró confiado respecto a lo que resuelva el máximo tribunal: «Tenemos plena confianza de lo que resuelva la Segunda Sala Penal, sabemos que con su jurisprudencia y estricta aplicación del derecho internacional, este fallo será revertido, para de esa manera dar satisfacción a la aspiración de justicia de los familiares de las víctimas, las que han sido tremendamente afectadas».

«Debemos recordar que este es uno de los fallos más espantosos para los derechos humanos en Chile, el que ha violentado seriamente a los familiares de las víctimas, que ha degradado el valor de las personas hechas desaparecer y que ha permitido una situación de impunidad insostenible a estas alturas del siglo», recordó el abogado.

La Operación Colombo fue un gran montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile por el organismo de inteligencia, las que habrían perecido luego de enfrentarse entre ellos.

Este proceso investigó la suerte de 16 de esas 119 víctimas. Se trata de Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fioraso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Ida Vera Almarza, Juan Carlos Rodríguez Araya y Jilberto Urbina Pizarro.

Polémico fallo

Por todo lo anterior, el fallo de noviembre pasado generó gran alarma en el mundo de los derechos humanos y las agrupaciones de familiares de víctimas, quienes impulsaron diversas manifestaciones para demostrar el desconecto y preocupación por esta polémica sentencia que revocó y modificó sustancialmente la sentencia de primera instancia dictada por el magistrado en visita Hernán Crisosto Greisse, absolviendo a 30 agentes de DINA que estaban condenados como cómplices y además otros 31 agentes condenados como autores fueron absueltos.

Al mismo tiempo, el tribunal de alzada condenó a 42 agentes DINA, pero ninguno de ellos cumplirá en cárcel, pues todos fueron beneficiados con la libertad vigilada o remisión condicional de la pena. Entre los favorecidos figuran agentes como César Manríquez, Pedro Espinoza, Miguel Krasnoff y Raúl Iturriaga Neumann, todos ellos condenados en primera instancia a penas de 20 años de presidio en el fallo del ministro Crisosto, y quedaron reducidas a 4 años, con libertad vigilada.

El resto de los sentenciados en su mayoría fueron sancionados por la Corte de Apelaciones a 3 años y un día, con libertad vigilada, en circunstancias que el ministro en visita les había asignado una pena de 13 años de presidio, sin beneficios.

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