Servicio Nacional De Aduanas restituye dineros descontados a funcionarios tras huelga

Luego de conocido el fallo de la Corte Suprema de Justicia que determinó que los descuentos de las remuneraciones que arbitrariamente el Director Nacional de Aduanas Claudio Sepúlveda Valenzuela, ordenó efectuar a 501 funcionarios que participaron en la movilización entre los días 24 de mayo al 2 de junio de 2017, fueron considerados ILEGALES, ARBITRARIOS E INSCONTITUCIONALES, […]

Por Jose Robredo

01/02/2018

Publicado en

Chile / Trabajo

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Luego de conocido el fallo de la Corte Suprema de Justicia que determinó que los descuentos de las remuneraciones que arbitrariamente el Director Nacional de Aduanas Claudio Sepúlveda Valenzuela, ordenó efectuar a 501 funcionarios que participaron en la movilización entre los días 24 de mayo al 2 de junio de 2017, fueron considerados ILEGALES, ARBITRARIOS E INSCONTITUCIONALES, el día de hoy  el Servicio Nacional de Aduanas comenzó a restituir los dineros a los funcionarios afectados.

El Directorio Nacional de ANFACH al tomar conocimiento de los descuentos  a los funcionarios les restituyó los dineros  a 350 trabajadores afectados con un monto que  ascienden a la suma  69 millones de pesos aproximadamente, recursos que salieron de las arcas de la Asociación Nacional de Funcionarios  y que estaban disponibles al momento en que el Servicio efectuó los descuentos para que los trabajadores no se vieran tan  perjudicados por la arbitrariedad tomada por el  Director Nacional de Aduanas.

En la oportunidad  el Presidente Nacional de Anfach, Marcelo Reyes S, señaló que, “el día de hoy el Servicio de Aduanas a procedido a efectuar la restitución de estos dineros a los 501 funcionarios, de los cuales también se encuentran alrededor de 40 dirigentes que fueron sancionados con esta medida y en definitiva para los trabajadores de aduanas esto es un triunfo, un triunfo para la Asociación Nacional de  Funcionarios de Aduana de Chile y también es un triunfo para el movimiento sindical chileno”.

Cabe recordar que el máximo tribunal del país estableció, entre otras consideraciones, en su apartado sexto, “que de acuerdo con lo expresado aparece que la autoridad recurrida vulneró la garantía contenida en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, desde que se efectuaron descuentos a los estipendios de los afectados de forma subjetiva e injustificada, puesto que se carece de un elemento externo que permita corroborar o contrastar la información entregadas en las nóminas, más allá de la simple afirmación de cada jefe de servicio, actuación que al carecer de estos elementos de mínima racionalidad, la torna arbitraria”.

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