Talagante: Prisión preventiva para carabinero acusado de disparar «con dolo» a una persona en octubre de 2019

Víctima recibió los disparos en el estómago y en el brazo derecho. Pese a sus heridas, pudo llegar hasta el domicilio de su polola, donde perdió el conocimiento, despertando en el Hospital San Juan De Dios.

Este miércoles 30 de junio se llevó a cabo en el Juzgado de Garantía de Talagante la audiencia de control de detención de 5 carabineros, quienes son imputados por graves vulneraciones a los Derechos Humanos en contra de una persona, en el marco del estallido social de octubre de 2019.

La Sede Regional Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos, en su calidad de querellante, estuvo presente en la audiencia, donde el Tribunal tuvo por acreditada la gravedad de los hechos, la existencia del delito y la participación de los imputados en los mismos.

Los hechos ocurrieron el día 21 de octubre de 2019, alrededor de las 21:00 horas, en el contexto del Estado de Emergencia decretado por el Gobierno de Chile, cuando la víctima de iniciales B.E.B.R. (que posee un 85% de discapacidad auditiva) se dirigía junto a un amigo a su domicilio en su vehículo particular, en la comuna de Padre Hurtado.

Pero, al observar fogatas y barricadas en las calles, decidió ir a casa de su pareja por la calle Brasilia. En ese contexto, un funcionario de Carabineros le dispara dos veces, primero en el estómago y luego en el brazo derecho. Pese a sus heridas, pudo llegar hasta el domicilio de su polola, donde perdió el conocimiento, despertando en el Hospital San Juan De Dios.

Por lo anterior, la Fiscalía formalizó a los imputados en calidad de autores del delito de apremios ilegítimos (artículo 150 letra D en relación al artículo 150 Letra E N°1) y como autores del delito de falsificación de instrumento público (en lo que respecta al art. 193 N° 4 y 5° del Código Penal), todos en carácter de consumado.

El juez del Tribunal, Christian Cáceres, para resolver en cuanto a medidas cautelares, hizo una distinción en función de la necesidad de cautela, por tanto decretó para tres de los imputados, las medidas de firma mensual, arraigo nacional, prohibición de acercarse al lugar de la ocurrencia de los hechos y prohibición de acercamiento a víctima, entendiéndose a la persona misma que sufre la agresión y a los familiares de ella.

En tanto, para el Mayor de Carabineros iniciales J.P.H.A., por ser un superior jerárquico, y por tener una posición distinta tendiente a «evitar» que este hecho sucediera, se decretó arresto domiciliario total y otras medidas cautelares personales, entre las cuales está la prohibición de tener su arma de servicio.

Respecto del carabinero que realizó el disparo, de iniciales M.A.T.A., el juez tomó en consideración que hubo dolo directo y por tanto consideró que la necesidad de cautela era mayor, por lo que decretó la medida cautelar de prisión preventiva, la cual se cumpliría en Santiago 1. Respecto del plazo de investigación, se dispuso un término de 120 días.

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