El Tribunal Electoral Regional (TER) de La Araucanía resolvió el 14 de octubre de 2026 que la excepción de prescripción opuesta por la defensa del alcalde de Collipulli, Manuel Macaya Ramírez, respecto del quinto cargo de la solicitud de remoción, no será resuelta de forma anticipada.
El tribunal decidió «dejar para la sentencia definitiva» esta alegación, lo que significa que el fondo del asunto —si ese cargo está o no prescrito— se determinará al final del proceso, junto con el análisis del resto de las imputaciones. Todos los jueces que se debían inhabilitar no lo hicieron.
La resolución, dictada en la causa Rol N° 35-2025, fue firmada por el presidente titular del TER, ministro Alejandro Alfonso Vera Quilodrán, y los abogados miembros Mauricio Edgardo Lazo Gutiérrez y Roberto Antonio Fuentes Fernández, con la autorización del secretario relator Andrés Eduardo Vera Schneider.
El origen del requerimiento: 21 cargos contra la gestión de Macaya
La solicitud de remoción fue presentada el 12 de julio de 2025 por las concejalas Carolina Valenzuela (PS) y Jacqueline Ponce (PC), quienes invocaron la causal de «notable abandono de deberes» contemplada en la Ley Orgánica de Municipalidades.
El requerimiento se estructura sobre 21 cargos que, según las requirentes, configuran faltas graves y reiteradas a la probidad administrativa. Entre las acusaciones más relevantes se incluyen:
- Una deuda previsional que supera los $400 millones, relacionada con el no pago de cotizaciones en salud y educación.
- Sanciones laborales por acoso y hostigamiento contra funcionarias municipales, con sentencias condenatorias firmes en contra del alcalde.
- Uso irregular de licencias médicas, presuntamente falsas, para ausentarse de funciones oficiales.
- Obstrucción de investigaciones judiciales y falseamiento de información oficial.
Las concejalas solicitaron que el proceso se realice de manera oral y pública, argumentando que «es fundamental que la comunidad conozca por qué pedimos la destitución del alcalde Macaya. No se trata solo de diferencias políticas, sino de hechos concretos que afectan la ética pública».
La estrategia de la defensa: el TC como tablero paralelo
Mientras el TER avanza en el análisis de fondo, la defensa del alcalde ha desplegado una estrategia paralela ante el Tribunal Constitucional (TC).
En enero de 2026, Macaya presentó una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra el inciso octavo del artículo 60 de la Ley N° 18.695, que ordena la suspensión automática del alcalde tan pronto sea notificada la sentencia de primera instancia que acoja el requerimiento de remoción.
Según el escrito, esta norma configura «una genuina sanción administrativa que se impone sin procedimiento previo, sin resolución fundada que la decrete y sin posibilidad de impugnación», vulnerando el debido proceso garantizado por la Constitución.
La defensa sostiene que no se configuran los requisitos de «inexcusabilidad y contumacia» necesarios para acreditar el abandono de deberes por los pagos extemporáneos de cotizaciones.
Una red de vínculos que enturbia la imparcialidad
El caso ha expuesto una serie de relaciones institucionales y familiares que han generado serias dudas sobre la imparcialidad de los organismos llamados a resolver.
Uno de los cruces más documentados es el de Luis Egisto Mencarini Neumann, integrante titular del TER de La Araucanía y uno de los ministros que debe decidir sobre la remoción del alcalde.
Su hija, María Xaviera Mencarini Solervicens, fue nombrada jueza de Policía Local de Collipulli mediante un decreto firmado por el propio alcalde Macaya el 1 de diciembre de 2025.
Otro nombre recurrente es el de Alexis Gómez Valdivia, suplente del TER de La Araucanía, quien actuó como defensor de un imputado en la causa por las licencias de conducir y posteriormente asumió la representación de Macaya en otras causas judiciales.
Asimismo, el abogado Fernando René Cartes Sepúlveda, defensor del alcalde en la acción ante el TC, se desempeña simultáneamente como abogado integrante de la Corte de Apelaciones de Temuco, lo que ha llevado a cuestionar la coexistencia de roles públicos y privados en el mismo entorno institucional.
Cabe destacar que recién con fecha 09 de septiembre se inhabilitaron el abogado señor Alexis Salvador Gómez Valdivia y el Segundo Miembro Titular, abogado señor Luis Egisto Mencarini Neumann, curiosamente después del reportaje de El Ciudadano, sin embargo, llama la atención que el ministro Alejandro Alfonso Vera Quilodrán, pese a las inhabilidades declaradas ante Corte de Apelaciones de Temuco por el propio ministro, hasta el momento no se ha inhabilitado en el TER y aparece de presidente titular.
El trasfondo territorial: relleno sanitario y tierras raras
Más allá del proceso judicial, Collipulli es escenario de conflictos socioambientales que permanecen sin resolver.
La comunidad mapuche del lof Rankilko denuncia desde hace seis años la operación de un relleno sanitario de gran escala instalado sin su consentimiento en territorio que consideran sagrado.
El proyecto, administrado por Cosemar y William Ives S.A., afecta un área de 14 a 15 hectáreas y, según el werken Rodrigo Curipán, ha causado un «daño irreversible que no solo es ambiental, sino que cultural, medicinal y espiritual».
En paralelo, la plataforma ciudadana «Llamas Verdes» ha alertado sobre una posible relación entre la expansión de proyectos eólicos en Collipulli y Angol y la futura minería de tierras raras en el Biobío y Ñuble.
La agrupación exige a las autoridades municipales transparencia sobre eventuales concesiones mineras, señalando que «es legítimo preguntarnos si Collipulli y Angol podrían verse involucradas».
Así, la decisión del TER de reservar la prescripción del quinto cargo para la sentencia definitiva mantiene el proceso en curso y posterga cualquier definición sobre el futuro político de Manuel Macaya.
El tribunal deberá ahora pronunciarse sobre los 21 cargos en su conjunto, mientras la defensa del alcalde continúa su ofensiva en el Tribunal Constitucional y la comunidad de Collipulli observa con atención un caso que, como señalan las propias concejalas requirentes, «excede el futuro político del jefe comunal».
Seguiremos informando.
