Tribunal cita a audiencia bajo apercibimiento de arresto a Sebastián Piñera en causa por delito de permisividad a la tortura

El abogado querellante en el caso, Luis Mariano Rendón, señala que "estamos hablando de delitos graves, que importan largas penas de cárcel y por tanto el peligro de fuga es real. El caso de Karen Rojo demuestra que no debe subestimarse la posibilidad que ello ocurra. Hay cientos de mutilados producto de una acción policial que no fue detenida inmediatamente".

Tribunal cita a audiencia bajo apercibimiento de arresto a Sebastián Piñera en causa por delito de permisividad a la tortura

EL 7° Juzgado de Garantía citó bajo apercibimiento de arresto al imputado Sebastián Piñera Echenique para audiencia de control judicial. Esta se realizará el 17 de mayo a las 11.00 horas.

La diligencia, contemplada en el artículo 186 del Código Procesal Penal, tiene como objeto que la fiscal Ximena Chong, que dirige la investigación, informe sobre la misma y que eventualmente el tribunal le fije un plazo para formalizar la investigación.

La causa también comprende al actual general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, director de orden y seguridad a la fecha de los hechos, y a su antecesor en el cargo máximo de la institución, Mario Rozas.

El abogado querellante, Luis Mariano Rendón dijo al respecto: «La querella la interpuse en noviembre de 2019, vale decir, ya lleva más de dos años y medio de tramitación. Por el conocimiento que tenemos de la carpeta investigativa, estimamos que hay antecedentes más que sobrados para formalizar a los imputados y poder decretar medidas cautelares a su respecto«.

El abogado finalizó afirmando: «Estamos hablando de delitos graves, que importan largas penas de cárcel y por tanto el peligro de fuga es real. El caso de Karen Rojo demuestra que no debe subestimarse la posibilidad que ello ocurra. Hay cientos de mutilados producto de una acción policial que no fue detenida inmediatamente cuando se constató el daño irreparable que estaba provocando y eso agrava las penas. A mi juicio la responsabilidad de los querellados es evidente, pues la ley sanciona a las autoridades, que teniendo atribuciones para hacer cesar ese castigo, no lo hiciesen»

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