Resolución mantuvo el aumento de las sanciones y el régimen de protección a los consumidores

Tribunal Constitucional declara como «inconstitucionales» las facultades del nuevo Sernac

"Las medidas que comprenden la facultad de juzgar por parte del Sernac sólo pueden ser adoptadas por un tribunal independiente e imparcial, características que éste no reúne", explicó el organismo en un comunicado.

Por Absalón Opazo

18/01/2018

Publicado en

Chile / Congreso / Economí­a / Portada

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El Tribunal Constitucional declaró como «inconstitucionales» las nuevas facultades del Servicio Nacional del Consumidor, agregadas en el parlamento tras la discusión de un proyecto de ley que buscaba «fortalecer» el organismo.

A pesar de que la resolución mantiene el aumento de las sanciones y el régimen de protección a los consumidores propuesto en la iniciativa, plantea en la contraparte que el Sernac no podrá juzar los casos pues actuaría como «juez y parte», para luego aplicar una sanción con efectos más allá de lo meramente administrativo.

«Las medidas que comprenden la facultad de juzgar por parte del Sernac sólo pueden ser adoptadas por un tribunal independiente e imparcial, características que éste no reúne», explicó el TC en un comunicado.

«El Tribunal razonó que esta declaración de inconstitucionalidad de ninguna manera entorpecerá el derecho de acceso a la justicia de los consumidores, ya que ante los jueces de policía local, aparte de su cercanía con las personas, se puede acudir sin patrocinio de abogado» añade la resolución del Tribunal.

Asimismo, también se declararon como inconstitucionales la facultad normativa del Servicio Nacional del Consumidor y la potestad de requerir antecedentes a organismos públicos.

Recordemos que esta ley, que había sido aprobada en octubre pasado, había sido rechazada por la Cámara Nacional de Comercio (CNC), entidad que ingresó un «téngase presente» en el proceso de revisión por parte del Tribunal Constitucional.

Lea el comunicado completo del TC aquí

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