Tribunal de Concepción descartó condenar por homicidio a infante de marina que persiguió, atropelló y mató al joven Manuel Rebolledo en Talcahuano

Fiscalía pedía una pena de 12 años en contra del efectivo, pero con el delito establecido por el tribunal -cuasidelito de homicidio- se descartó una pena de crimen, por lo que el uniformado solo arriesga entre 541 días y tres años de presidio.

Por Absalón Opazo

24/11/2021

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH / Portada / Regiones

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción dictó hoy –miércoles 24 de noviembre– su veredicto condenatorio en contra del infante de marina Leonardo Esteban Medina Camaño, en calidad de autor de cuasidelito de homicidio, ilícito perpetrado en octubre de 2019, en Talcahuano.

En fallo unánime (causa rol 116-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Selín Figueroa Araneda (presidente), Mirentxu San Miguel Bravo y Nancy Vargas Bustamante (redactora)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable del acusado en los hechos, recalificando el ilícito de homicidio simple a cuasidelito de homicidio.

“A través de los medios de prueba incorporados al juicio, no se logró acreditar más allá de toda duda razonable que el acusado Medina Camaño se hubiera representado, en concreto, el resultado lesivo previsible. En todo caso, en el evento de habérselo representado, que lo hubiere aceptado y aprobado, descartándose así la existencia de un actuar doloso de su parte en el atropello que le causó la muerte a Manuel Alejandro Navarrete quedando –en todo caso- acreditado que el deceso de este último se debió al actuar culposo del acusado Medina Camaño”, consigna el acta de deliberación.

Según la acusación fiscal, alrededor de las 18:30 horas del 21 de octubre de 2019, el acusado Leonardo Esteban Medina Camaño, funcionario de la Armada de Chile, en el cumplimiento de sus funciones dispuestas en el estado de excepción vigente a la fecha en la provincia de Concepción, fue instruido de concurrir en el camión militar pesado que conducía, junto a 17 funcionarios de la Armada de Chile en servicio que transportaba, al sector de la empresa Frigorífico Pacífico, ubicado en avenida Gran Bretaña en la comuna de Talcahuano, con motivo de saqueos que se producían en el lugar.

Al llegar al sitio, alrededor de las 18:44 horas, al transitar por la citada avenida Gran Bretaña en dirección nororiente, con luz natural y buena visual, observó a un grupo de sujetos que salían de las dependencias de Frigorífico Pacífico, en dirección a la población Libertad de Talcahuano, desviando el camión que conducía hacia un sitio eriazo de tierra irregular, frente a dicha población, en persecución de las personas mencionadas (entre ellas la víctima Manuel Rebolledo Navarrete), incrementando la velocidad del vehículo mayor.

Momentos después, Rebolledo Navarrete –quien se dirigía a pie a su domicilio– resbala y cae, siendo atropellado por el camión militar conducido por Medina Camaño, ”quien frenó a último momento, sin lograr la detención por la velocidad a la que se desplazaba, las características del camión y de la superficie en que transitaba, correspondiente a un terreno irregular adyacente a la calzada que no constituye vía destinada naturalmente a la circulación vehicular”, añade el fallo.

A consecuencia de esta acción del imputado, la víctima, Manuel Alejandro Rebolledo Navarrete, resultó con politraumatismos y múltiples lesiones que le causaron la muerte momentos después.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Vargas Bustamante– quedó programada para las 13.00 horas del sábado 4 de diciembre próximo.

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