¡Aún tenemos Plan de Desarrollo Comunal, Ciudadanos!

En una columna anterior manifestaba que en la actualidad Los Planes de Desarrollo Comunal se llenan de polvo en Chile

Por Alvaro Jorquera Mora

15/03/2013

Publicado en

Columnas

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En una columna anterior manifestaba que en la actualidad Los Planes de Desarrollo Comunal se llenan de polvo en Chile. Y por cierto, mantengo mi postura.

Pero esa columna, y aquí hago una autocrítica, nos puede llevar a pensar que todo está perdido respecto a los Planes de Desarrollo Comunal, nos puede llevar también a concluir que estamos condenados para que en el nivel local exista un monopolio del corto plazo y una desaparición de la planificación a largo plazo. Y quiero marcar distancia con ese tipo de conclusiones.

La presente columna busca definir cuatro medias que deben tomarse, a juicio de quien la escribe, para que los Planes de Desarrollo Comunal tengan el rol estratégico en pos del desarrollo de las comunas de Chile.

1.- Sabemos que el Pladeco implica pensar la comuna en el mediano y largo plazo, generando un conflicto con la mirada de corto plazo que predomina en las administraciones comunales chilenas.  Frente a esto resulta necesario que exista una obligatoriedad dada por la ley para el cumplimiento del Pladeco. Además es fundamental un cambio paradigmático en los funcionarios municipales, directivos y autoridades locales que les permita comprender la necesidad de lograr un equilibrio entre el corto plazo y largo plazo.

2.- Al hacer un Pladeco la ciudadanía tiende a ser utilizada como un instrumento legitimador, más que un controlador. El ciudadano entonces no crea un sentido de pertenencia con el instrumento y termina por desligarse. Frente a esto, es necesario que la elaboración del Plan de Desarrollo Comunal incluya una fuerte componente de Participación Ciudadana, que además  convierta a la ciudadanía en el actor que apruebe o rechace la propuesta de Pladeco. Esto último, a través de la realización de un Plebiscito Comunal (instancia que la ley efectivamente contempla).

3.- Los actores sociales locales en general no presionan para hacer cumplir el Pladeco, por considerarlo ajeno, por desconocerlo, o bien por la inexistencia de instancias de Control Social. Si se logra realizar un Pladeco que efectivamente sea fruto de una discusión de los actores sociales locales y que represente realmente las visiones de desarrollo existentes en el territorio, es posible tener un instrumento cercano que motive a la ciudadanía a controlar su cumplimiento. Aquí vuelve el tema de hacer un trabajo participativo durante todo el proceso de elaboración del instrumento.

Respecto al mismo punto, el Pladeco debe incluir procedimientos que permitan medir su cumplimiento, a través de un control desde la municipalidad y de un  control social. Aquí debe pensarse en la creación de Observatorios de Desarrollo Local que permitan hacer seguimiento al Pladeco. Este tema lo profundizaré en una próxima columna.

4.- Los concejales no demuestran mayor interés por supervisar el cumplimiento del Pladeco, siendo que por ley el Concejo Municipal está obligado a hacerlo (Artículo Nº79, letra m. LOC Municipalidades). Una medida simple que puede contrarrestar esta lamentable situación es promover la creación de una comisión permanente denominada “Comisión Plan de Desarrollo Comunal”, que permita al Concejo Municipal supervisar el instrumento. La creación de comisiones está definida en el Artículo Nº92 de la citada ley, por lo que esta medida no requiere modificación alguna de la norma.

Recapitulando, las cuatro grandes problemáticas que se denunciaban en mi columna anterior, son posibles de contrarrestar. Pero para eso se requieren gobiernos locales innovadores, que comprendan la importancia de las estrategias de largo plazo a la hora de avanzar hacia el desarrollo local, y que tengan la convicción que la entrega de espacios de poder y participación a la ciudadanía reporta el final de cuentas un beneficio para la democracia en el nivel local.

Álvaro Jorquera Mora

@jorqueramora

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