Columna de la abogada defensora de DD.HH, Karina Riquelme:

La normalidad en el Poder Judicial: Cómo la institucionalidad le niega a una mujer abusada un juicio presencial

Columna de opinión de la abogada defensora de derechos humanos, Karina Riquelme: "Encontrar justicia para una mujer abusada es un camino largo y agreste dentro de la Institucionalidad, que hoy además ante circunstancias sanitarias muy distintas a las de hace dos años niega un acto tan simple como mirarnos las caras cuando ella expone una de las situaciones más difíciles que una mujer vaya a vivir en su vida, como lo es ser abusada".

Por Francisca Valencia

05/10/2022

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Karina Riquelme

Fotografía: Karina Riquelme

Un juicio oral es un acto solemne, donde dos partes viven probablemente lo que será uno de los episodios más importantes en su vida. Por un lado, un imputado será enjuiciado ante los ojos de jueces y la sociedad toda, respecto de ciertos hechos graves por los que fue acusado, en este juicio, se expondrán las pruebas de manera que se pueda comprobar lo que ahí se afirma y convencer a tres jueces que deben observar con sus propios ojos lo que allí sucede. Consecuencia de aquello, pudiera ser incluso la privación de libertad.

Por otro lado, una víctima o más de una, que debe revivir todo lo acontecido, con detalle, con una finalidad, acceder a justicia e intentar reparar el daño sufrido, pudiendo estar presente en todo lo que se lleve a cabo sin interrupción, intervenir en dicho proceso y “estar” de la manera en que lo haya decidido. Estamos hablando de principios básicos del “Estado de Derecho”.

Ahora bien, evidentemente no todos los procesos son iguales, no todas las víctimas viven la misma afectación, hay distintos bienes jurídicos que se protegen, o más bien la transgresión al otro que sucede, y que es juzgada por la institucionalidad, puede afectar de distinta manera a la sociedad.

En materia de violencia de género el acceso a justicia es un tema que ha tratado numerosos encuentros, jurisprudencia, y doctrina; la reflexión y acá puedo hablar desde mi propio abuso, es constante, y depende mucho desde donde se mire y hacia donde queremos construir. Así por ejemplo, a falta de “justicia formal” que es la que se accede a través de los mecanismos institucionales, denuncia a carabineros, Ministerio Público, poder judicial, nacen las “funas” respecto de las cuales podemos estar más o menos de acuerdo, en relación a su finalidad y límites, lo que sí está claro que respecto de ellas no existe un marco de “estado de derecho” que las rija.

Lo que sí nos parece inadecuado, es que la institucionalidad que tiene obligaciones legales al respecto, se aleje de la aplicación y observación de los casos de violencia sexual con una perspectiva de género, y que como consecuencia de aquello genere en la víctima sensación de abandono y no protección.

Una mirada con perspectiva de género obliga a las instituciones estatales a establecer mínimos comunes respecto del acceso a la justicia, mínimos establecidos en Tratados Internacionales como lo es el Belem do Para. En esa complejidad, lo cierto es que siempre la palabra de la víctima de violencia de género, y su decisión al respecto debe ser no sólo considerada, sino un aspecto fundamental en su búsqueda por resarcir el daño, los que en definitiva, constituyen un quiebre vital en la vida de la persona.

Desde el comienzo de la pandemia, toda la institucionalidad ha tenido que adecuarse a las consecuencias de esta, así muchos han desarrollado distintas formas para trabajar, en el caso del poder judicial, se ha incorporado la litigación telemática, la que ha ayudado a seguir adelante con los procesos y descongestionar el sistema.

Ahora bien, ¿cuál es el límite de dicha solución? Desde el 1 de octubre se levanta el uso de mascarillas, de aforo y la solicitud de pase de movilidad. Eso debiera traer una consecuencia directa, y no hablamos de que todo debería volver a la presencialidad. Claro está que hay audiencias de trámite con las que ninguna afectación tiene la realización de éstas a través de medios telemáticos. No pasa lo mismo con los juicios orales. Los que hoy día se realizan de manera telemática, sin jueces observando directamente la prueba, con imputados observado su juicio por una pantalla, y donde se razona que dicho método no afectaría el debido proceso.

¿Cómo es posible entender que sin que ningún juez visualice directamente a los intervinientes con sus propios ojos – imputado, defensa, víctima, Ministerio Público, querellantes, peritos, testigos, evidencia material- , se cumpla efectivamente con la inmediación? Y es que es la inmediación el principio fundamental por el cual se realizó la Reforma Procesal Penal; y que se refiere a la acción de observar directamente las pruebas de parte de los jueces.

Recuerdo lo difícil que era que se aprobara la declaración de algún interviniente mediante videoconferencia cuando no era común (como hoy día) hacer videoconferencias; especialmente basado en la importancia de la inmediación y los derechos que de ella nacen no sólo de manera técnica si no practica, aca no se trata solo que a un perito se le caiga la conexión mientras es interrogado, o que mientras declare una víctima el imputado apague la cámara. Cosa que ha pasado y que puede seguir sucediendo, nada reemplaza el contacto físico de los intervinientes a la hora de llevar adelante un juicio.

Ahora, ¿que pasa cuando una víctima de abuso sexual reiterado que tiene menos de 14 años y quiere que las partes la escuchen de manera presencial, y el Estado en su totalidad se niega? ¿Ni la Fiscalía apoyará a las víctimas, ni las acompañará de manera presencial hasta un tribunal dando la fuerza y compañía técnica e institucional necesaria para que puedan entregar el relato de los hechos más graves que probablemente vivirá en su vida, y que la o los marcará para siempre?

Hasta cuándo abandonan deberes legales como lo es aquellos a los cuales el Estado chileno se comprometió a través de sus instituciones preservar. Pero además desde cuándo la judicatura y el Ministerio Público, representantes del Estado abandonan la humanidad, las víctimas son un número y una conexión a internet, ya no hay contacto, ya no somos gente ni personas solo un número y un cuadro de pantalla.

Encontrar justicia para una mujer abusada es un camino largo y agreste dentro de la Institucionalidad, que hoy además ante circunstancias sanitarias muy distintas a las de hace dos años niega un acto tan simple como mirarnos las caras cuando ella expone una de las situaciones más difíciles que una mujer vaya a vivir en su vida, como lo es ser abusada.

Desgraciadamente al parecer la distancia entre quienes aplican justicia e incluso quienes tienen obligación de proteger a la víctima como es el Ministerio Publico, se engrandece, y se genera una realidad virtual que aleja mucho lo que día a día en carne y hueso vivimos las mujeres quienes nos tenemos que defender, no por pantalla si no cara a cara con nuestros agresores. Es cierto debemos cuidarnos con motivo de la pandemia, y para ello existe la tecnología que tan bien nos puede ayudar, pero los juicios orales, yo diría que ustedes a estas alturas: se cebaron señores! (cebarse: pasarse, excederse en la realización de alguna cosa).

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