Adolfo Pérez Esquivel quería inspeccionar condiciones de reclusión del expresidente

Jueza niega a Nobel de la Paz permiso para visitar a Lula

La magistrada argumenta que no desprecia las Reglas de Mandela, mencionadas en las peticiones del nobel argentino, pero recuerda que son recomendaciones, y no imposiciones

La jueza Carolina Moura Lebbos, del tribunal 12ª de la Justicia Federal de Curitiba, negó en la tarde de este miércoles la petición del Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel para hacer una inspección en el centro de reclusión de la Superintendencia de la Policía Federal (PF) en Curitiba, donde el ex presidente Luiz Inacio Lula da Silva está preso.

La magistrada se inclinó por la posición del Ministerio Público Federal (MPF) de que no hay previsión legal para este tipo de inspección. La inspección, según la decisión, se celebraría este miércoles e incluiría instalaciones de la PF donde están custodiados otros presos, refirió al revista brasileña Fórum.

Pérez Esquivel presentó dos pedidos a la justicia, el primero solicita una visita a Lula, como amigo del ex presidente de la República y presidente de la Organización No Gubernamental (ONG) Servicio de Justicia y Paz (Serpaj); y el segundo como una «comunicación de inspección» de las condiciones de la prisión. Estas dos peticiones fueron negadas por el tribunal.

Según la decisión, en menos de dos semanas de la prisión de Lula, ya se realizaron tres pedidos para reconocimientos en la Superintendencia de la PF en Curitiba, sin indicación de justificaciones concretas.

La jueza añadió que la repetición de esas verificaciones es incompatible con el funcionamiento de la PF y dificulta la rutina de la Superintendencia en relación a los presos. «Acaba por perjudicar el adecuado cumplimiento de la pena y la seguridad de la unidad y de sus alrededores», finaliza la Moura Lebbos.

En cuanto a los argumentos de Pérez Esquivel, la magistrada argumenta que no desprecia las «Reglas de Mandela», pero recuerda que son recomendaciones, y no imposiciones. Además, Lebbos afirma que Serpaj no es un organismo fundado en tratado de Derecho Internacional y no integra a la Organización de las Naciones Unidas.

«Se agregue que el solicitante no presenta fundamento concreto apto para basar su pretensión. No hay indicativo de violación a derechos de los custodiados en el establecimiento que se pretende inspeccionar «, informa el despacho.

Síguenos y suscríbete a nuestras publicaciones