Cobro de intereses no contemplados a los clientes

Confirman condena contra Hites por infracción a la ley del consumidor

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia dictada por el Octavo Juzgado Civil que acogió demanda presentada por el Sernac, que condenó a la operadora de tarjeta de crédito de la multitienda Hites por infringir la ley que protege los derechos de los consumidores al cobrar intereses no contemplados a los clientes

Por Nicolás Massai

10/04/2017

Publicado en

Chile / Economí­a

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Foto: La Tercera

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia dictada por el Octavo Juzgado Civil que acogió demanda presentada por el Sernac, que condenó a la operadora de tarjeta de crédito de la multitienda Hites por infringir la ley que protege los derechos de los consumidores al cobrar intereses no contemplados a los clientes.

En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida que declaró nulas las cláusulas del contrato que firmaban clientes con la empresa Inversiones y Tarjetas S.A. que establecía el cobro de comisiones indebidas.

«De acuerdo a lo que se lleva razonado precedentemente y habiendo quedado establecido que la comisión que cobra Hites forma parte de un recargo indebido, que atenta contra la propia naturaleza jurídica de los contratos de crédito, es que lo que allí se cobra no constituye una comisión en los términos que se define, sino que claramente un interés», sostiene el fallo de primera instancia.

Por lo tanto, concluye «que se acoge la demanda interpuesta a fojas 33 por el Servicio Nacional del Consumidor en contra de Inversiones y Tarjetas S.A. (…) que se ordena la cesación de todos aquellos actos que la demandada ejecuta con ocasión de la aplicación de la cláusula décima octava del referido contrato, en cuanto a los «cargos fraccionables por períodos».

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