En 18 ciudades entre las regiones de Coquimbo y Magallanes

Superintendencia de Pensiones instruye a AFP Planvital abstenerse de implementar plan de cierre de sucursales

Dicha decisión implicaría, según cálculos de la SP, una reducción del 44% de los puntos de atención presenciales que hoy tiene la administradora.

Por Felipe Menares

02/02/2017

Publicado en

Chile / Economí­a

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AFP PLAN VITAL

La Superintendencia de Pensiones (SP) instruyó a AFP Planvital para que se abstenga de implementar el plan de cierre de sus sucursales y centros de servicios, informado a esta entidad el día 30 de diciembre de 2016.

A través de una carta, la administradora informó sobre la reestructuración de su red de puntos de atención, lo que implicaría el cierre -a partir del 7 de abril de 2017- de 15 sucursales en las regiones de Coquimbo (Illapel y Ovalle), Valparaíso (Los Andes, San Antonio, San Felipe y Valparaíso), O’Higgins (Pichilemu, San Fernando, San Vicente y Santa Cruz), Maule (Constitución y Linares), Los Lagos (Castro y Osorno) y Magallanes (Puerto Natales). Además se incluye el cierre, a partir del 7 de febrero de 2017, de tres centros de servicios en las comunas de Calbuco, Ancud y Cauquenes.

Según cálculos de la SP, de ejecutarse lo planteado por AFP Planvital implicaría una reducción del 44% de las agencias y centros de servicios que actualmente tiene la administradora, pasando de tener 41 puntos de atención presencial a sólo 22 sucursales y 1 centro de servicio. Cabe mencionar que en las comunas afectadas se registró el 21% de las atenciones que realizó AFP Planvital en toda su red de agencias entre enero y noviembre de 2016.

Siguiendo el principio de cautelar el interés de los afiliados, el 12 de enero de 2017 la Superintendencia de Pensiones instruyó a AFP Planvital «para que se abstenga de implementar el plan de cierre de sus sucursales y centros de servicios». En resumen se les indicó que, tras revisar su plan, se constató que puede generar importantes deficiencias en el funcionamiento de la administradora, lo que afectaría directamente a sus afiliados y al público en general en materia de otorgamiento de prestaciones y entrega de información previsional, atentando contra el servicio que las AFP están obligadas a prestar conforme a la legislación vigente.

Además, se hizo ver que en el caso de AFP Planvital esta situación resulta particularmente relevante, dado que se trata de la administradora que se adjudicó las últimas dos licitaciones y que, por lo tanto, un número significativo de afiliados está obligado a permanecer en esa AFP hasta por 24 meses.
El 30 de enero de 2017 AFP Planvital respondió a la SP. En lo esencial, informó que seguirán implementando su plan de reestructuración en los términos inicialmente planteados por esa misma Administradora. Agregó que correspondería que esta Superintendencia revocara el oficio en que le instruyó abstenerse de cerrar agencias.

La Superintendencia de Pensiones está dotada de facultades para fiscalizar a las Administradoras de Fondos de Pensiones. Ante ello, hoy 2 de febrero la Superintendencia de Pensiones le ha reiterado a AFP Planvital que debe abstenerse de implementar su plan de cierre de sucursales y centros de servicios, dado que su ejecución afectaría el servicio de miles de afiliados en 18 ciudades del país.

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