Casi una realidad

Primera parte de la reforma educacional pasó a tercer trámite

Tras tres días de discusiones y votaciones en el Senado, "la primera patita" de la reforma educacional -que considera la Inclusión escolar con el fin a la selección, la prohibición del lucro y el termino del copago en establecimientos que reciben subsidio del Estado- fue despachada a tercer trámite en la Cámara baja.

Por Jimena Colombo

22/01/2015

Publicado en

Chile / Educación / Portada

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colegios

Luego de 7 meses, el proyecto de Inclusión Escolar, la primera parte de la reforma escolar, que pone fin al lucro, copago y selección fue despachado desde el Senado, pasando al tercer trámite legislativo en la Cámara baja donde deberán ser rectificados los cambios para luego ser promulgado.

Tal como habíamos informado en la mañana, los senadores aprobaron el proyecto que prohíble el lucro en establecimientos que reciben aportes del Estado, propone sanciones para quienes falten a esa prohibición, termina con el copago o financiamiento compartido, prohíbe la selección de alumnos por rendimiento académico nivel socioeconómico y permite que colegios emblemáticos selección al 30% de su matrícula, entre otros puntos.

Para comprender mejor qué aprobaron los senadores, lee a continuación los items que contemplael proyecto despachado esta jornada a la Cámara de diputados:

Copago o financiamiento compartido

Plantea que aportes hechos por los padres quedan prohibidos: «En ningún caso las donaciones o aportes voluntarios a los establecimientos podrán ser considerados como requisito de ingreso o permanencia de los estudiantes. Asimismo, los bienes o servicios adquiridos en virtud de aquéllas deberán estar a disposición de toda la comunidad educativa».

Selección

Prohíbe que en establecimientos que reciben aportes del estado se seleccionen alumnos según criterios de rendimiento escolar o socioeconómicos. El documento consigna que: «En los procesos de admisión de los establecimientos subvencionados o que reciban aportes regulares del Estado, en ningún caso se podrá considerar el rendimiento escolar pasado o potencial del postulante. Asimismo, en dichos procesos no será requisito la presentación de antecedentes socioeconómicos de la familia del postulante, tales como nivel de escolaridad, estado civil y situación patrimonial de los padres o apoderados».

Lucro y sanciones

Se aprobó que «Todos los sostenedores que reciban subvenciones o aportes regulares del Estado no podrán perseguir fines de lucro, y deberán destinar de manera íntegra y exclusiva esos aportes y cualesquiera otros ingresos a fines educativos. Asimismo, deberán rendir cuenta pública respecto de su uso y estarán sujetos a la fiscalización y auditoría de la Superintendencia de Educación». En cuanto a las sanciones que recibirán quienes incurran en faltas a esta norma, se determinó «que administrando a cualquier título los recursos públicos u otros que perciba el sostenedor en su calidad de tal, los sustraiga o destine a una finalidad diferente de los fines educativos estará obligado a reintegrarlos al establecimiento educacional. Comprobada la infracción, ésta será sancionada por la Superintendencia de Educación, con una multa del 50% de la suma sustraída o desviada». Además, se consignó que la falta a la prohibición de lucro, derivará en «las responsabilidades civiles y penales que el ordenamiento jurídico dispone. En este caso, la Superintendencia o el Servicio de Impuestos Internos deberán denunciar al Ministerio Público los hechos de que tomen conocimiento para los fines correspondientes”.

Sobre los arriendos, los senadores optaron por la indicación de las comisiones unidas de Educación y Hacienda y confirmaron que los sostenedores no podrán arrendar inmuebles, y por tanto deberán demostrar que son dueños de éstos.

Cabe señalar que estas medidas regirán a partir de marzo de 2016, con la eliminación gradual del copago, que será remplazado con la subvención estatal. El gobierno estima que en 2017 un 93% de la matrícula estudiará gratis. (Senado) En tanto, los liceos emblemáticos tendrán un plazo de 5 años para gradualmente eliminar la selección. Sobre el lucro, los establecimientos plazo hasta el 2017 para ser establecimientos sin fines de lucro. Tras esa transformación tendrán 3 años para arrendar el inmueble y luego podrán comprarlo, recibirlo en comodato o arrendarlo a un tercero. Además, se señaló que para la implementación total de las normas se considera hasta el año 2023.

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