El karma del carabinero que ocultó videos que exculpaban a joven preso: Teme por la revisión de su celular

Corte rechazó un recurso presentado por el coronel Pablo Capetillo tras la incautación de su teléfono.

El 6 de noviembre pasado, durante una manifestación en Coyhaique, un desconocido lanzó una piedra hacia un piquete de Carabineros, impactando con ella a un sargento que habría terminado con tres piezas dentales menos. Por este hecho, el ciudadano Martín Sanhueza Mascareño debió permanecer en prisión preventiva cuatro días, debido a que fue inculpado directamente por 6 policías como responsable del piedrazo, uno de ellos el coronel Pablo Capetillo Contreras (en la imagen).

Sin embargo, ocurrió que Capetillo había grabado con su celular lo ocurrido y en el registro se observaba que la persona que había sido encarcelada por su declaración no era quien había arrojado la piedra. Por esta razón, el 19 de noviembre se le informó al policía que estaba en calidad de imputado por «obstrucción a la investigación». Junto con ello, se le incautó su teléfono celular.

Ante esto, su abogada y cónyuge presentó un recurso de protección en contra de los fiscales que llevan el caso y del subprefecto de la BRIDEC de la Policía de Investigaciones (PDI), Rolando Irribarra. ¿La razón? Una supuesta «arbitrariedad» e «ilegalidad» en la revisión realizada a teléfono móvil incautado al oficial de Carabineros.

Coronel Pablo Capetillo

Lo anterior, según argumentó la jurista, porque estando el celular en custodia de la Fiscalía y la PDI, habrían sido vistos mensajes que ella le envió a Capetillo a través de WhatsApp, donde aseguró «existen muchas fotografías de carácter extremadamente sensible y privadas de las partes púbicas íntimas de su hija en diversos ángulos, debido a una enfermedad grave de la infante». Un hecho que -se añade en la causa- les produjo a ambos padres «gran inquietud, preocupación, intimidación y miedo».

No obstante ello, en un fallo unánime la Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó este jueves dicho recurso de protección, por considerar que «las diligencias cuestionadas se ajustan a la legalidad vigente y que el aparato móvil fue incautado en una investigación criminal autorizada por resolución judicial».

En ese sentido, el tribunal argumenta que resulta «lógico y razonable que en tal escenario se puedan revisar los mensajes que se encuentran en formato digital en el aparato incautado, a fin de velar por el éxito de la investigación del delito obstrucción a la investigación por el cual fue formalizado el imputado Capetillo».

Junto con ello, la Corte sostiene que «no se advierte que (…) se haya hecho mal uso de su contenido como lo señala la recurrente, porque no existe indicio alguno en tal sentido».

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