Quórum de 2/3 y elección de constituyentes bajo actual sistema electoral: Las principales alertas tras acuerdo para nueva carta magna

Surgen cuestionamientos respecto al proceso en donde se elaborará la nueva Constitución chilena.

En la madrugada de este viernes el Congreso anunció el llamado «Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución» que estableció el marco en el que se desarrollará el proceso para la elaboración de una nueva carta magna.

Un acuerdo celebrado por el oficialismo y la oposición -a excepción del Partido Comunista (PC), que fue excluido- y que en términos generales establece que en abril de 2020 se llevará a cabo un «plebiscito de entrada», en donde la ciudadanía deberá decidir si, por una parte, desea o no una nueva Constitución, y por otra, si se inclina porque esta sea redactada por una «Convención Constitucional» o una «Convención Mixta Constitucional».

En la primera opción, la «Convención Constitucional», sus integrantes serán electos íntegramente por la ciudadanía. En la segunda, en la «Convención Mixta Constitucional», sus miembros serán escogidos un 50% por la población y el otro 50% corresponderá a parlamentarios y parlamentarias en ejercicio.

El órgano constituyente definido en el Plebiscito tendrá 9 meses de plazo para funcionar, prorrogables por otros 3, pero sólo por una vez.

Por último, en el acuerdo se establece un «plebiscito de salida» que deberá ratificar la nueva Constitución, y para ello se impondrá la modalidad de voto obligatorio.

Los cuestionamientos

Sin embargo, no bien conocido el llamado «Acuerdo Por la Paz Social y la Nueva Constitución», se encendieron las alarmas y comenzaron a surgir críticas, principalmente respecto a dos trascendentales puntos contenidos en él.

La primera tiene que ver con lo establecido en el punto 4, en donde se señala que la elección de los miembros de cualquiera de las dos instancias constituyentes que escoja la ciudadanía -proceso que tendrá lugar en octubre de 2020- «se realizará con el mismo sistema electoral que rige en las elecciones de Diputados en la proporción correspondiente».

Eso implicaría, según se desprende de esa regla, que los integrantes de la constituyente deberán estar inscritos en partidos políticos, los cuales -como se ha evidenciado en este mes de protestas y en las encuestas realizadas en el mismo contexto- son objeto de un amplio rechazo por parte de la ciudadanía, al ser vistos como responsables de los abusos y de la desigualdad que afecta a una mayoría del país.

En ese sentido, estarían excluídos sectores como los pueblos originarios, sindicalistas o disidencias sexuales, por nombrar solo algunos, los que -se esperaba- pudieran formar parte igualmente de una eventual Asamblea Constituyente.

Foto: biobiochile.cl

La segunda crítica está vinculada al punto 6 del acuerdo, en donde se señala que «el órgano constituyente deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio».

Este quórum ha sido cuestionado por lo alto y se ha alertado respecto a que finalmente una minoría -un 34%- pesará lo mismo y podrá torpedear aquello acordado por el otro 66%.

Por último, aunque en un carril distinto al del proceso constituyente en sí, se ha criticado que en el acuerdo entre el oficialismo y la oposición no se establezca una comisión de verdad y justicia que aborde las sistemáticas violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante este mes de protestas por el gobierno de Sebastián Piñera.

Acá adjuntamos el documento del acuerdo para vuestro análisis.

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