Un nuevo recurso de protección ha sido interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, esta vez por la Asociación Atacameña de Regantes y Agricultores de San Pedro de Atacama (ARASPA), en contra de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo). La acción judicial denuncia vulneraciones graves al derecho a la consulta indígena en el contexto del proceso que evalúa los contratos entre Corfo, Codelco y SQM para la explotación de litio en el Salar de Atacama.
El recurso, patrocinado por el abogado Diego Ogass Cáceres, denuncia que Corfo ha incurrido en actos ilegales y arbitrarios al restringir de manera unilateral el alcance de la consulta indígena actualmente en curso, y al imponer una metodología sin el debido consenso con las comunidades participantes, violando así los principios de buena fe y consentimiento libre e informado consagrados en el Convenio 169 de la OIT.
ARASPA es una organización que representa a un conjunto importante de agricultores y familias indígenas atacameñas, organización clave, dada su función de administración del riego en los ayllus del sector.
Contratos sin consulta integral
ARASPA, una organización indígena con derechos de agua legalmente inscritos sobre el río San Pedro, sostiene que las modificaciones contractuales sometidas a consulta no abarcan la totalidad de las cláusulas que podrían afectar directamente a los pueblos indígenas, particularmente aquellas relacionadas con el aumento de cuotas de producción de litio y el uso intensivo de agua (salmuera) hasta el año 2060.
Según el escrito judicial, la explotación proyectada implicaría un riesgo directo para el ecosistema del Salar de Atacama y las prácticas ancestrales agrícolas, al requerir millones de litros de agua por tonelada de litio producida. Las comunidades temen que esto afecte irreversiblemente el balance hídrico y la sustentabilidad de la vida en el oasis.
Imposición de una metodología inconsulta
El recurso también objeta la forma en que se ha desarrollado la etapa de diálogo de la consulta. Corfo habría impuesto una metodología sin acuerdo previo con las organizaciones indígenas participantes, infringiendo el artículo 16 del Decreto Supremo N°66, que regula el procedimiento de consulta en Chile. Esto, según ARASPA, constituye una negación del derecho al consentimiento previo, libre e informado y una omisión grave del principio de flexibilidad exigido por la normativa internacional y nacional.
¿Consulta o formalismo?
“Lo que se está realizando no es una consulta, sino una notificación decorada”, afirma el abogado de ARASPA en su presentación. “Corfo ha decidido de antemano qué cláusulas son consultables y cuáles no, dejando fuera precisamente aquellas que generan impactos estructurales en el territorio indígena, en su economía, cultura y en su derecho al agua”.
El recurso también denuncia que Corfo ha omitido consultar temas esenciales como: el régimen jurídico de las aguas del Salar, la participación en beneficios derivados de la explotación de litio, y las condiciones de la futura asociación público-privada entre Codelco y SQM, cuyas decisiones afectarán directamente a los pueblos originarios.
La Corte activa el proceso
La Corte de Apelaciones de Antofagasta admitió el recurso a trámite con fecha 11 de julio de 2025 (Rol 1286-2025). Ordenó a Corfo entregar un informe en un plazo de 15 días y ofició también a Conadi, Codelco y SQM para que se pronuncien respecto al tenor del recurso.
Este nuevo recurso se suma a un creciente clima de tensión entre las comunidades indígenas del norte chileno y las autoridades estatales, en medio de una ofensiva minera que busca posicionar al país como líder global en producción de litio. Diversas organizaciones han expresado su preocupación por el carácter extractivista del modelo y el insuficiente reconocimiento de los derechos indígenas.
¿Qué se pide en específico a la Corte?
- Acoger el recurso de protección interpuesto por ARASPA en todas sus partes.
- Declarar que los actos cometidos por CORFO en la reunión del 9 de junio de 2025 son ilegales y arbitrarios, específicamente:
- La negativa a ampliar el contenido de la consulta indígena a cláusulas relevantes de los contratos.
- La imposición unilateral de la metodología de consulta sin consenso con las comunidades.
- Ordenar a CORFO el restablecimiento del imperio del derecho, adoptando las siguientes medidas: a. Ampliar la consulta indígena para incluir todas las cláusulas contractuales relevantes que sean susceptibles de afectar directamente a los pueblos indígenas, especialmente aquellas sobre:
- Cuotas de producción de litio.
- Uso de salmuera y recursos hídricos.
- Participación indígena en beneficios y administración de recursos naturales.
- Definiciones contractuales que incidan en derechos indígenas.
- Establecer un proceso consensuado entre CORFO y las organizaciones indígenas participantes.
- Reconocer la flexibilidad del procedimiento conforme al reglamento de consulta indígena (DS N°66).
- Permitir la incorporación de observadores, mediadores o ministros de fe si así lo solicitan los pueblos indígenas.
- Que se condene en costas a la recurrida (CORFO), por haber obligado a la asociación a recurrir a la vía judicial para resguardar sus derechos fundamentales.
- Y que se transparente la Información sobre todas las cláusulas y antecedentes de los contratos entre Corfo, SQM y Codelco.
En resumen, ARASPA solicita a la Corte que corrija las ilegalidades cometidas por CORFO en el proceso de consulta, garantizando un procedimiento conforme al Convenio 169 de la OIT y a la Constitución, y que se incluya en la consulta todo el contenido de los contratos que pueda afectar a las comunidades indígenas.
Por Bruno Sommer
El Ciudadano