Antofagasta

Acogen recurso a favor de estudiantes peruanos: Corte califica su expulsión como «ilegal» y «arbitraria»

El martes 18 de abril, la Corte de Apelaciones de Antofagasta dicto sentencia en el recurso de Amparo presentado por la Coordinadora Nacional de Inmigrantes contra la expulsión de 3 estudiantes peruanos

Por Felipe Menares

19/04/2017

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El martes 18 de abril, la Corte de Apelaciones de Antofagasta dicto sentencia en el recurso de Amparo presentado por la Coordinadora Nacional de Inmigrantes contra la expulsión de 3 estudiantes peruanos.

La Corte antofagastina resolvió en su sentencia que «se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Michael Daric Peña Gómez, Eduardo Víctor Pillaca Matos y Carla Andrea De La Cruz Salas, y consecuencialmente, se dejan sin efecto las Resoluciones Exentas N°s 390 y 397 de fechas veintitrés y veinticuatro de enero de dos mil diecisiete, dictadas por la Intendencia Regional de Antofagasta que expulsa del país a los amparados ya individualizados, a quienes además no les afecta ninguna prohibición para reingresar a Chile».

El tribunal de alzada consideró en su resolución que «no existiendo soporte fáctico en las resoluciones objeto del recurso, la decisión de expulsión ha sido dictadas en contravención al artículo 41 la Ley Nº 19.880 y artículo 15, 17, 84 y 90 del D.L. Nº 1094, artículos 5, 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República, porque no se comprobó la exigencia del legislador, en cuanto a propagar o fomentar doctrina que altere por la violencia, el orden social del país, tornándolas en un acto ilegal y arbitrario que ha vulnerado la libertad y seguridad individual de los amparados, que obliga a acoger el recurso y dejar sin efecto los decretos de expulsión».

La Corte dice además, en un criterio sin precedentes y de especial trascendencia para casos similares, que a juicio de la Coordinadora son hechos sistemáticas que constituyen una persecución de carácter macartista, que el tener una posición ideológica o política, como el anarquismo, no son fundamentos para una expulsión ni aún en el marco que define la “Ley de Extranjería”.

El fallo lo señala así: «la imputación al anarquismo no constituye per se actos violentos y reprimidos, referidos en el Decreto Ley N° 1.094, desde que no es más que un pensamiento filosófico para defender la libertad individual».

La Coordinadora considera que el fallo viene a revelar lo que se ha denunciado, considera así que es un avance en la materia de la reivindicación de los derechos de los inmigrantes.

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