Agenda Corta Antidelincuencia o el Fraude del Estado Policial

  Actualmente se está discutiendo, a la rápida, en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, un proyecto de ley que ha recibido la cuestionable designación de «agenda corta antidelincuencia», con el cual se pretende enfrentar la arraigada sensación de inseguridad en nuestra sociedad, producto de la reiteración de ciertos delitos, sobre los […]

Por Director

16/01/2016

Publicado en

Columnas / Justicia y DD.HH

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MauricioDaza

 

Actualmente se está discutiendo, a la rápida, en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, un proyecto de ley que ha recibido la cuestionable designación de «agenda corta antidelincuencia», con el cual se pretende enfrentar la arraigada sensación de inseguridad en nuestra sociedad, producto de la reiteración de ciertos delitos, sobre los cuales existiría una generalizada percepción de impunidad.

El fundamento final de esta iniciativa se basa en la idea de que frente a estos delitos, referidos en general a atentados en contra de la propiedad, la autoridad competente no actuaría de manera suficientemente rigurosa. Lo anterior, se pretende explicar de forma simplista y errada, en la supuesta falta de facultades reales de las policías y fiscales para efectuar una persecución criminal eficaz, sumado a la «incompresible» actuación de «jueces garantistas», quienes estarían más preocupados por defender los «derechos de los delincuentes» que el interés de las víctimas, lo cual determinaría que éstos actúen de manera absolutamente impune, volviendo a delinquir una y otra vez, a su antojo, como producto de la denominada «puerta giratoria».

Sin embargo, si uno analiza los datos duros, concluye que la anterior explicación no es consistente. Según las cifras entregadas hace algunos meses por el Poder Judicial, el año 2014 los tribunales sólo declararon ilegales el 0,77% de las detenciones realizadas por las policías. Además, en los casos que la fiscalía solicitó como medida cautelar la prisión preventiva de un imputado, los tribunales la acogieron en el 86, 8% de los casos. Y en contra de la decisión de rechazar esa medida, sólo se recurrió en un 20% de los casos. Por otra parte, del total de causas que fueron llevadas a juicio, las sentencias condenatorias equivalente al 89,8% de los casos a nivel nacional.

En este contexto el entregarles más facultades a las policías para que puedan realizar controles de identidad a cualquier persona y en cualquier lugar, sin que existan indicios reales de que hayan participado en algún acto ilícito, o para que puedan efectuar registros sin orden del fiscal ni autorización judicial, y todo ello sin que se establezca ningún mecanismo de sanción efectiva para quienes abusen de esas atribuciones; en caso alguno constituye un avance en la persecución del delito, sino que simplemente importa abrir un espacio inútil e innecesario para que se cometan toda clase de abusos en contra de los derechos de fundamentales de todos los ciudadanos, a partir de una falsa promesa de mayor seguridad.

Finalmente, lo que se busca a través de los referidos cambios en la legislación, aprobados por la citada Comisión del Senado, es avanzar en la dirección de un Estado Policial, permitiéndole a la autoridad ejercer un control arbitrario sobre la sociedad, bajo un falso discurso de “seguridad ciudadana”. Todo esto ejecutado de una manera tal que se pueda limitar la vigencia plena y real de los derechos fundamentes, bajo un discurso el cual asegure que la ciudadanía no va reaccionar oponiéndose a esta privación de garantías, sino que por el contrario, se muestre agradecida por este fraude.

Por otra parte, la búsqueda de una respuesta al problema de la delincuencia a través del inútil expediente de limitarse a entregar más facultades sin control a las mismas Policías que han demostrado deficiencias en la gestión de las enormes atribuciones y recursos que ya tienen, sólo sirve como una pantalla de humo para quienes han trasformado un problema serio y urgente, en un mero insumo electoral.

 

Lo más lamentable de todo esto, es que la autoridad sabe, o está en posición de saber, que enfoque serio sobre lo que se ha dado en llamar «el combate en contra de la delincuencia», necesariamente debe centrarse en a lo menos en tres aspectos.

 

En primer lugar, en un contexto de recursos limitados, se debe revisar el catálogo de delitos y penas que establece nuestra legislación, a fin de definirlos en términos jerárquicos y proporcionales, centrando los castigos efectivos en aquellas conductas consideradas como las más graves. Producto de que históricamente en esta materia se ha ido legislando de forma parcial y poco seria, reaccionado al escandalo público de cada ocasión, se ha generado una normativa incoherente, donde por ejemplo el homicidio puede tener un marco sancionatorio igual o menos gravoso que un robo con violencia frustrado o tentado; o donde una persona que ha matado dolosamente a alguien puede no recibir una pena efectiva, pero quien mata a otro producto de un manejo en estado de ebriedad, va a ir preso en todo evento. Un nuevo Código Penal ha sido una promesa incumplida por, a lo menos, los últimos cuatro gobiernos, y no se ve que exista una voluntad real de enviar un proyecto al congreso en esta materia; y según muchos, tampoco existe la masa crítica necesaria en el Congreso para asumir, racionalmente, un debate de esa envergadura.

En segundo lugar, se debe revisar la actuación de quienes forman parte del sistema de persecución criminal, especialmente en lo referente a las policías y fiscales, a quienes más que entregar nuevas facultades sin control, se les debe fijar un marco legal el cual garantice que las funciones y cargos que se asignan al interior de estas instituciones se funden en criterios de mérito, y no a partir de consideraciones de amistad o mera antigüedad, como ocurre hasta ahora. Con esto se podría enfrentar el problema real y grave que existe en esta materia, que tal como ya se ha señalado, no se vincula con mas o menos facultades sino con la competencia de las personas de carne y hueso que están a cargo de ejercerlas.

Finalmente necesitamos hacernos cargo del sistema de cumplimento de penas, concretando la otra eterna promesa incumplida por múltiples gobiernos, en cuanto a establecer tribunales de ejecución de pena. Lo anterior, además de garantizar condiciones y programas adecuados para quienes están cumpliendo condenas en nuestros recinto penales; y asegurando por otra parte, que las medidas alternativas a las penas privativas de libertad serán respetadas de manera efectiva, en términos de que sirvan para prevenir que los condenados cometan nuevos delitos. Lo anterior, en un contexto donde nuestro actual sistema, por lo general, no abre oportunidades a los reos, sino que los deja en una situación donde no tienen otra alternativa que delinquir cuando cumplen su sanción.

Todo lo anterior debe ser entendido, además, sin perjuicio de reconocer que el fenómeno de la delincuencia tiene un origen multifactorial; de manera tal que se deben efectuar esfuerzos que vayan más allá del sistema de persecución criminal para enfrentarlo, lo cual exige abordar materias relacionadas con el acceso a una educación de calidad, la enorme desigualdad y falta de oportunidades que existe en nuestra sociedad, el adecuado diseño y uso de espacio publico, entre otros factores.

 

Sin embargo, al no existir una política criminal consistente en nuestro país, tendremos que seguir observado como se legisla de manera liviana, por personas que tratan de convencernos de forma engañosa de que están haciendo algo en esta materia, cuando en realidad sólo están buscando obtener un provecho populista de corto plazo, a costa de la seguridad real de los ciudadanos. Es así como finalmente en esta materia, más que tenerle miedo a los delincuentes comunes, debemos cuidarnos de propios nuestros legisladores.

 

Mauricio Daza Carrasco

Abogado. Magíster en Derecho Penal y Procesal Penal.

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